sábado 18 de mayo de 2024
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1985, una historia incompleta

La reciente película de Santiago Mitre sobre el juicio a las juntas militares argentinas resta complejidad a los hechos al tratar solo la gran tarea que cumplieron los fiscales.

 

El juicio a las juntas militares constituyó, sin duda, una piedra fundacional en la recuperación democrática que comenzó Argentina en el año 1983. El país había vivido, durante los 50 años previos, una alternancia perversa entre gobiernos civiles y dictaduras militares. Pero la última, la que tomó el poder en 1976, fue la más terrible, cruel y sanguinaria de todas. Con el argumento de combatir al terrorismo las Fuerzas Armadas establecieron un plan que consistía en secuestrar a personas que fueran sospechosas, llevadas a lugares clandestinos de detención, mantenerlas en condiciones inhumanas de alojamiento, torturarlas brutalmente para obtener información y luego “legalizar” su privación de libertad, o bien asesinarlas lisa y llanamente o, en algunos casos, dejarlas en libertad. Todo eso hecho en el más absoluto secreto; aprovechando el control del Estado, se les mentía a los jueces, a los familiares y a los gobiernos extranjeros sobre lo que estaba pasando. El 10 de diciembre de 1983, Raúl Alfonsín asumió la presidencia del país sin ningún acuerdo previo con los militares, quienes permanecían al mando de todas las tropas. Tres días después, Alfonsín ordenó enjuiciar a los máximos responsables de esos crímenes. Así nació el juicio a las juntas.

La película Argentina, 1985, de Santiago Mitre, toma como referencia ese hecho histórico, y, centrándose en la figura del fiscal del juicio, Julio Strassera y de su ayudante, Luis Moreno Ocampo, cuenta el importante papel que le cupo a la Fiscalía durante el juicio. La película tiene muchas virtudes cinematográficas, la fotografía es muy buena, la ambientación de época es excelente, los actores protagonistas –Ricardo Darín, Peter Lanzani- tienen un notable desempeño y la trama dramática funciona muy bien en términos narrativos. En Argentina ha tenido un gran éxito, las salas de los cines han estado colmadas, mucha gente concurrió con sus hijos, hubo cerrados aplausos al finalizar la proyección y una buena cantidad de espectadores se conmovió con sus escenas. La película también ha provocado una saludable polémica respecto de sus omisiones históricas, de las inexactitudes del guion y de la liviandad con que se abordan muchos de los temas. Por cierto, se trata de una película comercial y de ficción, y sus realizadores tienen el derecho de contar la historia como les plazca. Pero, como esta ficción se basa en un hecho histórico y en ella se describe solo un segmento de ese hecho (la acusación) entre los muchos episodios que condujeron a la sentencia en el juicio a las juntas, se ha despertado un gran interés en conocer la historia completa del proceso que llevó a la condena a los ex comandantes. ¿Cuáles fueron las circunstancias que posibilitaron el juicio? ¿Cómo pudo llevarse a cabo? ¿Cómo se organizó?

A continuación, intentaré dar respuesta a algunos de esos interrogantes

Es difícil comprender la real dimensión de lo que hizo Alfonsín sin acudir al contexto que dio marco a esa enorme decisión. Las Fuerzas Armadas habían pretendido cerrar las puertas a toda revisión de los crímenes cometidos sancionando, poco antes de las elecciones, una ley de amnistía que alcanzaba tanto a los terroristas como a quienes los combatieron. Esa ley constituía un fuerte obstáculo jurídico, pues, aunque se la dejara sin efecto, siempre correspondía aplicar la ley más favorable al reo, tal como estipula el Código Penal. Otro problema jurídico serio era que los delitos cometidos en acto de servicio debían ser juzgados por jueces militares. Hoy parecen cuestiones sencillas a la luz de la evolución del derecho internacional de los derechos humanos, pero en ese momento constituían barreras muy firmes para intentar cualquier enjuiciamiento. Cabe destacar también que Argentina fue el primer país de Sudamérica en recuperar la democracia: cuando asumió el cargo Alfonsín, continuaban las dictaduras militares en Uruguay, en Chile, en Bolivia, en Perú, en Brasil, en Paraguay. La decisión de llevar a juicio a una dictadura saliente no tenía tampoco ningún antecedente universal, absolutamente ninguno. Los juicio de Núremberg, Tokio o el de los coroneles griegos fueron juicios militares al vencido. Y, por otra parte, no existía en la sociedad una conciencia mayoritaria de los horrores de la dictadura. Gran parte de ella creía de buena fe el discurso oficial de los militares acerca de que se había tratado de una “guerra” y de que los eventuales “excesos” habían sido sancionados. Seguramente tomando nota de todas esas dificultades, el candidato justicialista en esas elecciones, ítalo Luder, sostuvo que la amnistía no le gustaba, pero su aplicación era inexorable por lo dispuesto en el Código Penal. El peronismo era el partido favorito para ganar las elecciones; no habría habido juicio alguno si ello hubiera sucedido. Pero, para sorpresa de muchos, ganó Alfonsín con el 52% de los votos y comenzó a escribirse esta historia.

El presidente Alfonsín, en su carácter de comandante en jefe, ordenó al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas iniciar juicio sumario contra las tres primeras juntas militares y envió al Congreso dos proyectos de ley. Uno anulaba la amnistía privándola de todo efecto jurídico. El otro modificaba el Código de Justicia Militar, estableciendo que las decisiones del Consejo Supremo podían ser recurridas a un tribunal civil, la Cámara Federal que correspondiera. A la vez, Alfonsín tomó otra decisión clave: creó la CONADEP, la primera comisión de la verdad del mundo, un grupo de personas de reconocida integridad moral a las que se les dio la tarea de esclarecer, en un plazo breve, lo ocurrido durante la represión militar. En otra defección histórica, el peronismo y los organismos de derechos humanos se negaron a integrarla, porque desconfiaban de las intenciones de Alfonsín.

El Congreso de la reciente democracia fue otro actor importantísimo para la realización del juicio. Anuló la ley de amnistía, removiendo el principal obstáculo legal y le introdujo modificaciones sustanciales al proyecto del poder ejecutivo que cambiaron la estrategia que había pensado Alfonsín, pero que a la vez posibilitaron que hubiera juicio, ya que se incorporó una cláusula que permitía al tribunal civil avocarse al conocimiento de la causa si el Consejo se demoraba de modo inexcusable.

Los pasos restantes fueron dados por la Cámara Federal en lo Criminal de la capital. Ante la falta de avances del Consejo Supremo le quitó la causa y decidió asumir su conocimiento. Pese a la falta de antecedentes en la materia, dispuso que no había que aplicar las normas escritas del procedimiento común, sino las militares que contemplaban la realización de una audiencia pública y oral. Esto permitió que la Fiscalía tomara un rol muy activo en la presentación de la prueba de cargo. El informe que en ese momento publicó la CONADEP, Nunca Más, facilitó enormemente la tarea de la acusación, pues se pudo extraer de allí la mayoría de los casos por lo que acusaría.

Esta breve enumeración de hechos, aún incompleta, señala las principales condiciones que posibilitaron que el juicio a las juntas fuera realizado. La película, al tratar sólo la gran tarea que cumplieron los fiscales, le quita complejidad al hecho histórico en el que se basa y habilita el sano debate posterior que generó. Gracias 1985 por permitirnos rememorar todo aquello y reflexionar acerca de que las cosas no fueron tan simples como allí se narran.

Publicado en El País el 30 de diciembre de 2022.

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