viernes 26 de julio de 2024
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Sobre los aspectos educativos del DNU de Milei

Los consejeros generales de Educación de la Unión Cívica Radical, Diego Martínez y Natalia Quintana efectuaron un análisis sobre el contenido del artículo 97 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Javier Milei.

En este se declara a la educación como una prestación esencial junto a otras obligaciones del Estado.

Martínez y Quintana expresaron:

1.- Distintas iniciativas parlamentarias dieron cuenta de esta situación, todas ellas apuntaban a modificar la Ley 26.206 de Educación Nacional (LEN).

2.- La estrategia del presidente dispuso modificar la Ley 25.877 de Organización del Régimen Laboral con el reemplazo de su artículo 24 con un nuevo inciso: f. cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial.

3.- En primer lugar debería ajustarse el criterio respetando lo señalado en la LEN donde contempla tres niveles obligatorios: Inicial, Primaria y Secundaria. En el nivel Inicial la obligatoriedad es para las salas de 4 y 5 años. Las guarderías son parte del nivel “Inicial” aunque no reviste carácter obligatorio en la LEN.

La de educación especial es parte integrante de los tres niveles obligatorios.  que el DNU define como esenciales.

El espíritu de la propuesta es muy claro y evidente. Sin embargo, las normas complementarias deberían indicar con certeza como se implementa la garantía de un servicio mínimo de cobertura de al menos el 75%.

Debería explicarse que las escuelas deben permanecer abiertas en su horario habitual con la cobertura del servicio, y la coordinación por parte del equipo de directivo para cubrir las dificultades que implican la ausencia del personal que adhiere a una medida de protesta.

El eje central debe apuntar a que los mecanismos de reclamo no pueden afectar el cumplimiento del calendario escolar. Este desafío exige de un trabajo en el ámbito del Consejo Federal de Educación a los efectos de lograr transformar en algo viable la disposición del Poder Ejecutivo Nacional (PEN).

4.- En la Provincia la Ley de Educación y el Estatuto del Docente establecen derechos y obligaciones que deberían adaptarse a esta nueva circunstancia.

5.- Hemos señalado algunos aspectos centrales y controversiales de la propuesta del PEN. Siempre defendimos la necesidad de avanzar en favor de declarar la provisión de la educación como un servicio esencial.

La escuela no puede ser un ámbito de disputa política ni gremial, en ese sentido rechazamos sistemáticamente la utilización de docentes y alumnos para la campaña electoral del gobernador Axel Kicillof durante el ciclo lectivo 2023, que han degradado su institucionalidad.

La declaración de servicio esencial requiere de una articulación en el ámbito del Consejo Federal de Educación.

Esta medida debe estar acompañada de la reivindicación de la profesionalidad docente que incluye calificación, condiciones de trabajo y salarios dignos.

Defendimos en pandemia la educación presencial, sostuvimos en la campaña la declaración servicio esencial y seremos consecuentes con estas ideas.

Al mismo tiempo queremos señalar que en educación: “Buenas ideas mal implementadas son pésimas políticas educativas”.

6.- La importancia del tema exige una presentación general acerca de cuáles son las líneas centrales de la política educativa del gobierno, y no puede agotarse en la modificación de un artículo del Régimen Laboral.

El funcionamiento de las escuelas trasciende a una gestión de gobierno, los cambios deben brindar certidumbre para garantizar el progreso económico, social y cultural de nuestras familias.

Abiertos y dispuestos al debate sobre la educación dejamos planteada nuestra reflexión sobre la propuesta del PEN, dejamos a disposición el informe completo: Martínez Quintana Análisis DNU

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