Las condiciones que precedieron al “Liberation Day” en Estados Unidos, junto con los fundamentos jurídicos que le dieron sustento, sirven para explicar mucho de lo que pasa y puede ocurrir en Argentina.
Empezó con dos acciones: firmas de abogados obligadas a reconocer responsabilidad por su accionar contra políticas de la primera presidencia de TRUMP, y limitando su acción futura; luego, cuestionamiento abierto a facultades de un juez que se opuso a una medida migratoria polémica, lo que dio lugar a un conflicto de poderes, con el presidente de la Corte debiendo justificar la independencia del poder judicial.
A esa instauración de límites a los agentes del sistema jurídico, le siguió el dictado de una medida sin precedentes: un régimen tarifario polémico y con impacto mundial, fundado en una Ley de 1977 (International Emergency Economic Powers Act) que tenía por fin limitar los poderes de emergencia concedidos al presidente en tiempos de entreguerra.
Vale la pena recordar que esos tiempos de excepción fueron acompañados de delegaciones legislativas extraordinarias al Ejecutivo. El propósito de la ley IEEPA fue evitar excesos en su uso en tiempos de normalidad, estableciendo que el presidente sólo puede “restringir importaciones, inmovilizar activos e imponer sanciones” ante “una amenaza extraordinaria e inusual a la seguridad nacional, la política exterior o la economía”.
La ley sencillamente no habla de tarifas; basta recordar el artículo 1 de la Constitución estadounidense que prohíbe al presidente fijar impuestos sin el Congreso (que remonta hasta la CARTA MAGNA de 1215). Una buena hermenéutica, además, no permite considerar como amenaza un déficit comercial: la norma era justamente para limitar poderes, no para justificar un cheque en blanco de esta magnitud. Así de burdos y simplistas los argumentos jurídicos que se usaron para fundar una medida que ha puesto patas para arriba las bases del comercio internacional, salteando normas, procesos legales y el Congreso.
En este marco, los límites amenazantes a jueces y abogados toman todo el sentido. La lógica en un país que ha tenido como característica distintiva el respeto a la ley, es que el sistema puesto operar establezca un límite al peligroso deslizamiento de facultades provocadas por el Ejecutivo. Eso es lo que está en juego y en duda en Estados Unidos con este modus operandi basado en un decisionismo elemental, algo difícil de imaginar hace meses siquiera.
El problema es que el modelo trasciende las fronteras norteamericanas. Dejemos de lado las profundas contradicciones ideológicas (un modelo liberal abrazando sin sonrojarse medidas proteccionistas). Lo grave, lo peligroso, es el erosionamiento que propugna al estado de derecho.
En este escenario de seguimiento a ultranza de ese modelo, se logra comprender mejor la tozudez para imponer a cualquier costo candidatos a la Corte Suprema que, por las razones que fueran, nunca contaron con los apoyos suficientes; también lo que ya se esboza como un uso indiscriminado de decretos de toda índole. Aquí radica la importancia del rechazo senatorial: más allá de los pormenores, es el sistema de equilibrios y controles llevado al extremo y aún funcionando.
El desarrollo de un país es un transitar de los hechos al derecho, con la ley domesticándolos, no al revés. Lo contrario es un atavismo, una vuelta a un pasado marcado por los autoritarismos y los excesos fanáticos que tanto costó superar, como bien atestigua la primera mitad del siglo XX. No hay que perder de vista lo que está en riesgo