viernes 26 de julio de 2024
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La Coparticipación Federal de Impuestos (CFI) vuelve al centro de la escena fiscal: Competencias, servicios y funciones ¿Quién hace qué?

El art. 75 inc. 2 de la CN94 fija la forma de distribución de la coparticipación federal de impuestos: “La distribución entre la Nación, las provincias y la ciudad de Buenos Aires y entre éstas, se efectuará en relación directa a las competencias, servicios y funciones de cada una de ellas…

Para darle contenido operativo es necesario estudiar la distribución del gasto primario (sin intereses de la deuda) entre los tres niveles de gobierno, clasificados en “producción de bienes” y “transferencias”.

De la Tabla 1 resulta que el sector público cuenta con dos niveles especializados. El Nacional en el pago de transferencias (75,8% de su gasto) y el Subnacional (provincias y municipalidades) en la producción de bienes públicos, 74,6% en las provincias y 93% en las municipalidades.

La Tabla 2 detalla la participación de los gobiernos subnacionales en bienes públicos seleccionados en 2019. La participación conjunta de las provincias y las municipalidades es notablemente alta en el total de educación (76%), educación básica (97%), servicios urbanos (100%), vivienda y urbanismo (89%); seguridad y defensa y justicia con alrededor de dos tercios del total, agua y alcantarillado (59%) y salud (50%). Son bienes con fuerte impacto en la calidad de la vida en sociedad y para la distribución del ingreso.

La Tabla 3 complementa la información detallando la provisión de camas hospitalarias en las municipalidades de la provincia de Buenos Aires por niveles de gobierno. El 53% son municipales, el 42% provinciales y el 5% nacionales. El crecimiento del número de camas entre 2001 y 2019 fue de 4123, siendo el 98% en las municipalidades. Estos datos muestran que el modelo de municipalidades ha cambiado a lo largo del tiempo del “modelo de beneficio” caracterizado por la provisión de bienes que pueden financiarse con precios o tasas (por ejemplo, Alumbrado, Barrido y Limpieza) al modelo de “agencia” del gobierno provincial que provee bienes públicos indivisibles que no pueden financiarse con esos medios (p.ej. salud). En la Provincia de Buenos Aires el cambio de modelo municipal se produjo con la Ley Orgánica de Municipalidades de 1978. El modelo alternativo de “autonomía” municipal ha sido consagrado por la Constitución Nacional de 1994 pero no ha sido establecido en la provincia de Buenos Aires.

La información presentada revela la importancia de los gobiernos provinciales y municipales en proveer bienes fundamentales para la vida diaria de las personas que requieren un financiamiento adecuado en cuanto a estabilidad y crecimiento en el tiempo.  Bird, 2012, lo expresa de manera clara:

“Seen from a great height —a “bird‘s-eye view”, if you will— how local governments are financed may appear to be a rather small and unimportant issue, one that is easily lost from sight amidst the swirling clouds of international financial crises and the headline claiming activities of national politicians and governments. Viewed from street level, however, down where people actually live, few aspects of the public sector have a more direct and tangible effect on the daily lives of citizens than the level and quality of local public services—and both the level and quality of such services are, arguably, dependent to a considerable extent upon how they are financed”.

Referencias

Bird, R.M. (2012): “Are there trends in Local Finance? A comparative look at data and normative models of local government finance”, International Center for Public Policy, WP 12-05, Georgia State University.

Porto, A. y L. Di Gresia (2022): “Los múltiples desafíos que el presente plantea al porvenir. El rol de los gobiernos provinciales y municipales”, en F. Navajas, A.M. Navarro y A. Porto (eds): Pandemia y Economía, Academia Nacional de Ciencias Económicas.

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