martes 1 de julio de 2025
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La censura en tiempos de Sheinbaum

En México hay censura del poder político en contra de información u opiniones que le incomodan. La presidenta Claudia Sheinbaum lo niega. Los hechos la desmienten.

1. En Puebla se aprobó la penalización, con cárcel de once meses a tres años a quien, “a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional”. Las modificaciones al Código Penal poblano se aprobaron sin consultas con la sociedad y son vigentes desde el 14 de junio. El gobernador Alejandro Armenta defiende esa reforma y descalifica a quienes la cuestionan.

El nuevo artículo 480 de ese Código sería difícil de aplicar porque las redes son trasnacionales y las autoridades de Puebla no tienen jurisdicción sobre todos los sitios en donde se pueden circular mensajes. Términos como “insultar”, “injuriar” y “ofender” son equívocos. La discrecionalidad para interpretarlos permite que se encarcele a autores de mensajes digitales que no les gusten a los gobernantes. Las impugnaciones dentro y fuera de esa entidad obligaron a realizar dos foros para discutir esa ominosa reforma. Sin embargo, la mayoría morenista en el Congreso de Puebla ha dicho que podría modificarla, pero no derogarla.

2. En Sinaloa, en mayo pasado, dos diputadas de Morena propusieron reformar el Código Penal del estado para crear el delito de “violencia digital”, que castigaría con cárcel la difusión de contenidos “con el propósito de difamar, desprestigiar, calumniar, injuriar, denigrar, descalificar…” a una o varias personas. Esa reforma daba atribuciones al Ministerio Público para disponer el bloqueo de contenidos en redes digitales. La ambigüedad de las figuras establecidas hacían de esa propuesta de reformas un instrumento de censura, en especial por parte de funcionarios que se consideren desprestigiados o denigrados cuando se cuestione su desempeño. Las protestas de periodistas y organizaciones sociales en Sinaloa consiguieron que esa iniciativa fuera retirada el 20 de junio.

3. En mayo pasado, el Tribunal Electoral de Tamaulipas ordenó al columnista Héctor de Mauleón y a El Universal, que retirasen un texto en donde informaron acerca de los vínculos de Tania Contreras, consejera jurídica del gobernador Américo Villarreal, con personas relacionadas con el robo de combustible. Esa versión surgió, años antes, de documentos de la Secretaría de la Defensa hackeados por el Grupo Guacamaya.

El Tribunal Electoral resolvió con insólita rapidez la demanda de Contreras contra el periodista y el diario, les prohibió volver a referirse sus vínculos personales y dispuso la desaparición del texto que incomodó a la asesora del gobernador. De Mauleón fue notificado en su domicilio personal, proporcionado de manera irregular por el INE. El periódico se negó a suprimir de su sitio web el texto que irritó a la abogada Contreras y el litigió continuará.

Tania Contreras fue candidata en la elección judicial y será presidenta del Supremo Tribunal de Justicia de Tamaulipas. La misma Contreras, con apoyo del Tribunal Electoral del estado, demandó al portal Código Magenta que ha documentado los vínculos de familiares de esa funcionaria con el crimen organizado. Por otra parte, una de los cinco integrantes de ese Tribunal Electoral es prima de Tania Contreras.

4. Los casos recientes se suman a denuncias como la que en agosto de 2023 presentó Andrea Chávez, entonces diputada federal por Morena, contra comentarista Denise Dresser. En un programa de Latinus, Dresser recordó que Chávez ha utilizado recursos públicos en beneficio personal, como sucedió con el empleo de un avión militar para trasladar a familiares suyos a un evento en Chihuahua. Dresser aludió a la presunta relación de esa legisladora con el entonces secretario de Gobernación, Adán Augusto López. En vez de aclarar los señalamientos de esa comentarista y académica, Chávez se presentó como víctima de violencia política en razón de género.

Ese mismo año la Sala Especializada del Tribunal Electoral Federal (TEPJF) impuso a Dresser una multa de 21,000 pesos por incurrir en violencia política de género y la obligación de ofrecer una disculpa pública. En febrero de 2024 la Sala Superior del Tribunal Federal Electoral revocó esa sentencia al reconocer que las opiniones de Dresser “se encuentran tuteladas bajo la libertad de expresión y actividad periodística” pues, como trataban un asunto público, “no se configura la violencia política”.

5. El 13 de junio, el diario Tribuna de Campeche fue cerrado por una orden judicial que propició la gobernadora Layda Sansores. La jueza de lo civil Maribel del Carmen Beltrán dispuso la desaparición como parte de las sanciones por informar acerca de las acusaciones de corrupción contra Sansores cuando fue alcaldesa en la Ciudad de México. Ella y el hoy vocero del gobierno de Campeche, Walther Patrón, demandaron a Tribuna por daño moral. El periódico reprodujo información, publicadas en varios medios del país, acerca de las denuncias contra Sansores y Patrón por estar vinculados en la adjudicación de contratos irregulares cuando ella era titular de la alcaldía Álvaro Obregón en la Ciudad de México.

Según información del propio Tribuna, para acreditar que sufrió daño moral Patrón presentó el testimonio de una persona que aseguró que, a la madre de ese funcionario, “le hizo mal” leer las notas sobre su hijo. El administrador del portal, Isidro Yerbes, también fue demandado.

Además de Tribuna fue acusado Jorge González Valdez, quien dirigió ese periódico hasta 2017. Aunque no tuvo responsabilidad en la publicación de las notas incómodas para la hoy gobernadora, González fue vinculado a proceso por “incitación al odio y violencia” contra Sansores. La jueza le prohíbió a González ejercer el periodismo durante dos años y le ordenó pagar una multa de dos millones de pesos “por daño moral” a Patrón, actual director de Comunicación Social del estado. Tribuna de Campeche fue fundado hace medio siglo, en junio de 1975, por Carlos Sansores Pérez, padre de la actual gobernadora. Desde comienzos de 2024 dejó de imprimirse y seguía publicándose en línea.

6. Karla María Estrella Murrieta es una ciudadana atenta a los asuntos públicos y a menudo en su cuenta de X cuestiona a personajes de todos los colores políticos. El 14 de febrero de 2024 Estrella se refirió a la designación de Diana Karina Barreras como candidata a diputada federal por el PT en un distrito de Hermosillo. Barreras es esposa de Sergio Gutiérrez Luna, actual presidente de la Cámara de Diputados. Al comentar un tuit en donde se informaba de esa y otras designaciones, Estrella escribió: “Así estaría el berrinche de @SergeLuna_s para que incluyeran a su esposa, que tuvieron que desmadrar las fórmulas para darle una candidatura. Cero pruebas y cero dudas”.

Por ese mensaje, Barreras la denunció ante el INE acusándola de “violencia política en razón de género”. El Instituto requirió a Estrella para que explicase “cuál era su objetivo” con ese tuit y que presentara “documentación que justifique” sus afirmaciones. Ella se enteró por medio de Twitter, cuya oficina en México le dijo que el mensaje en cuestión no incumplía con las reglas de esa red pero que, como había una notificación del INE, tendrían que retirarlo.

Estrella buscó un abogado. Las autoridades electorales iniciaron una alevosa persecución en su contra y le pidieron al SAT datos de sus ingresos, pero ella no trabaja. El asunto llegó al TEPJF, cuya Sala Especializada resolvió el 11 de abril de 2024 que ese mensaje, aunque no contenía referencia alguna acerca de esa candidata y ni siquiera mencionó su nombre, expresaba violencia política de género. La flexibilidad con la que puede establecerse si una conducta implica violencia de género, se ha convertido en un recurso para castigar opiniones desfavorables a mujeres que desempeñan responsabilidades públicas.

Estrella promovió la revisión de esa sentencia y adujo que tiene derecho, como ciudadana, a sostener una opinión crítica en un caso en el que, considera, hubo nepotismo. En su sesión del 18 de junio de 2025, que fue por videoconferencia, la Sala Superior del TEPJF resolvió en contra de dicha ciudadana.

El proyecto de sentencia, presentado por el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, era favorable a Estrella. Ese documento explica: “La expresión en análisis, si bien es una crítica severa o dura a la conducta de un político, por presuntamente ejercer presión o influyentismo en favor de su cónyuge, no constituye una descalificación dirigida a la entonces candidata ni un estereotipo de género, que menoscabe o anule el reconocimiento de sus derechos político-electorales o su dignidad como mujer. Si bien se alude a la ahora denunciante, es porque ella es la supuestamente beneficiaria de dicho actuar”.

El brevísimo tuit que suscitó un litigio de más de un año, “constituye una crítica de una ciudadana a un actuar de un político que considera reprochable”, decía el proyecto. Y, sobre todo: “la publicación en X tuvo lugar en un contexto de crítica y discusión, que contribuye a la conformación de una opinión pública, libre e informada”. Otro magistrado, Felipe Fuentes, defendió a la candidata denunciante simplificando los alcances del tuit: “Se atribuyó la obtención de la candidatura al simple hecho del vinculo matrimonial y a la reacción emocional al que supuestamente habría hecho el cónyuge para instruirla como candidata”.

El mensaje de Karla Estrella no menospreció la trayectoria, ni habilidades de la hoy diputada. Sólo recordó que es esposa de un influyente político del partido oficial. Rodríguez Mondragón así lo dijo: “El proyecto analiza lo que está explicito en el mensaje, no lo implícito. El mensaje no contiene expresiones sobre la capacidad de una mujer”.

Fuentes, en cambio, orientó su argumentación a lo que pudo haber dicho y lo que quizá pretendió decir Karla María Estrella: “La autora del tuit podría haber cuestionado la trayectoria política y profesional de la candidata sin necesidad de señalar su vínculo matrimonial”. Y sobre todo: “es nuestro deber poder identificar los mensajes implícitos detrás de las críticas”. En otras palabras: el magistrado Fuentes considera que tiene capacidad para señalar qué habría tenido que decir, y cómo, una ciudadana. Incursiona en un terreno todavía más aventurado: estima que la autoridad judicial puede y debe identificar, y en su caso sancionar, las presuntas implicaciones de una frase.

La ciudadana sonorense tendrá que pagar una multa cuyo monto aún no se define (la multa que había señalado la Sala Especial del TEPJF era de 1,800 pesos), debe publicar en su cuenta de X una disculpa durante 30 días seguidos, estará obligada a publicar la sentencia, a tomar un curso sobre violencia de género y a hacer lecturas especializadas en ese tema. Además, quedará inscrita durante 18 meses en el registro de personas violentadoras de género. La disculpa pública debe ser la que dicte el Tribunal.

7. El 20 de junio la conductora y actriz Laisha Wilkins denunció que el TEPJF la conmina para que “señale el objeto de la publicación” de un comentario que hizo en X el 19 de mayo anterior. En ese texto Wilkins se refirió a una nota del sitio Aristegui Noticias acerca de una petición de la abogada Dora Alicia Martínez Valero para que fueran censurados los reportajes de la serie Televisa Leaks. Uno de esos reportajes dijo que ella recibió documentos del grupo, creado por esa empresa, para propagar desinformación sobre asuntos públicos. Martínez fue funcionaria de Televisa y hace pocas semanas era candidata a la Suprema Corte de Justicia. En su campaña en redes digitales, esa abogada se denominaba como “Dora la transformadora”.

La nota de Aristegui Noticias, publicada el 19 de mayo, se titula “Dora la censuradora: candidata a ministra de la SCJN pretendió censurar investigaciones de Televisa Leaks”. Laisha Wilkins escribió esta frase: “Jaja Dora la censuradora jaaja”. Aunque Martínez Valero dice que ella no presentó denuncia contra Wilkins, esta última fue conminada por el TEPJF para que “señale el objeto” de su comentario, declare si le fue solicitado por alguien, si se lo pagaron y “si tiene o tuvo vínculo con algún partido político”.

8. El 23 de junio el abogado Miguel Alfonso Meza, presidente de Defensorxs AC, organización que analizó centenares de candidaturas para la elección judicial, informó que fue denunciado ante el INE por un exfuncionario de la Presidencia de la República. Luis Castañeda Palacios, que hasta febrero pasado fue subdirector de Defensa Legal en la Consejería Jurídica de la Presidencia, fue candidato a juez federal en materia laboral. El grupo Defensorxs encontró que Castañeda ha sido denunciado por abuso y acoso sexual, así como amenazas, en perjuicio de 36 mujeres; además en 2022 atropelló a un motociclista que perdió la vida.

Ahora, Castañeda inició ante la autoridad electoral un procedimiento en contra de Meza porque, según él, con tales denuncias sufrió “violencia política contra hombres”.

9. El 19 de mayo pasado un ciudadano, que meses atrás increpó al presidente del Senado, Gerardo Fernández Noroña, tuvo que ofrecerle una disculpa pública. Noroña utilizó recursos públicos para demandar judicialmente y, luego, escenificar esa forzada excusa. Se trató de un acto de humillación pública.

10. La Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión propuesta por la presidenta Sheinbaum, ya se aprobó por la Cámara de Diputados y está pendiente en el Senado. Esa iniciativa establece un régimen autoritario, concentrado en el gobierno y con distintas formas de censura, en el manejo de redes digitales, televisión, radio y telefonía. No se conocen los cambios a ese documento que serán discutidos, y seguramente aprobados, en el periodo extraordinario del Congreso que comenzó este lunes 23. En las versiones de posibles ajustes que circularon días antes se mantenían disposiciones que permiten la censura de contenidos en redes y medios.

Leopoldo Maldonado, director regional de Artículo 19, ha dicho con claridad que estamos ante “una escalada para criminalizar la crítica pública y la exigencia ciudadana. Para convertir las leyes penales y electorales en un muro de contención contra la opinión pública”. En todos los casos mencionados el gobierno, o personajes que forman parte del grupo en el poder, han querido, y en varias ocasiones han conseguido, censurar contenidos y medios, así como castigar a informadores y ciudadanos que han propagado informaciones y comentarios que les resultan incómodos.

Las afirmaciones e información que molestan a esos personajes vinculados a Morena ya eran públicas. Los periodistas o usuarios de las redes contra quienes se inconforman no hicieron más que contribuir a difundirlas. Los personajes del grupo gobernante que han tomado venganza por la exhibición de fallas o abusos suyos, no ejercieron su derecho de réplica para hacer aclaraciones. Fueron directamente a las autoridades judiciales o electorales para denunciar, en todos los casos sin pruebas suficientes, a las personas que los difundieron.

Medios de comunicación silenciados, periodistas obligados a callar e incluso a dejar su oficio, instrucciones para borrar contenidos, reformas legales para perseguir noticias y opiniones, la violencia política de género empleada para dar impunidad a mujeres con responsabilidades públicas: hechos que asfixian al espacio público. sólo con inexcusable ignorancia de estos hechos, o con palmaria desvergüenza, la presidenta Claudia Sheinbaum puede decir que en México no hay censura.

Cuando censuran a quienes dicen y publican hechos, datos o comentarios que no les gustan los gobernantes actuales subrayan, sin quererlo, la importancia del periodismo y el análisis independientes y críticos. La verdad irrita sobremanera a los autoritarios porque, en buena medida, se apoyan en mentiras y en ocultar la realidad. Enfrentar la censura es rechazar el pensamiento único promovido por el autoritarismo.

Publicado en Nexos el 24 de junio de 2025.

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