domingo 19 de mayo de 2024
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DNU y Ley Ómnibus, las formas y los contenidos

En consideración del espacio con que contamos abordaremos primordialmente la problemática judicial al comenzar el nuevo año para luego esbozar otras cuestiones de actualidad. Varios fallos auguran un futuro en el que el combate contra la corrupción sin impunidad pareciese abrirse camino.

En la causa “Vialidad”, Cristina Kirchner ha sido condenada por fraude contra el Estado en primera instancia a seis años de prisión. Cabe destacar el dictamen del fiscal Luciani que se ha erigido en una suerte de “Nunca Más” en materia de corrupción. Recordemos que finaliza el documento con la expresión: “Corrupción o Justicia”.

También han habido avances en las otras causas entabladas contra la ex presidente, su familia y secuaces. En Hotesur/Los Sauces, después de haberse conseguido revocar el sobreseimiento que jueces corruptos le otorgaron a Cristina Kirchner, el caso quedó elevado a juicio oral, como sucedió, como se ha visto, en Vialidad.

La causa Cuadernos alcanzó la instancia de juicio oral, sólo que aún sin fecha fijada por el Tribunal Oral Federal N 7. Recordemos su dimensión: esta mega causa tiene 150 imputados, miles de pruebas y otros cientos de testimonios. A esto se ha sumado hace unas semanas la llamada “Causa Operativo Puf” en la que se confirmó la legalidad de las escuchas que ponen de manifiesto la voluntad de voltear la causa Cuadernos en beneficio de Cristina Fernández de Kirchner.

Asimismo, la Cámara Federal de Casación ordenó juzgar a la ex vicepresidente de la Nación, en la causa por la firma del Memorándum con Irán. El fallo fue firmado por los jueces de la Sala I de Casación, Diego Barroetaveña y Daniel Petrone.

Un tribunal oral había dictado el sobreseimiento de Cristina Kirchner y el resto de los acusados en esos dos expedientes. Pero la DAIA y familiares de las víctimas del atentado a la AMIA apelaron: reclamaron que se haga el juicio oral. Las defensas se opusieron. Eso es lo que se debatía desde hace más de un año en Casación, con la ahora jubilada jueza Ana María Figueroa, que cumplió 75 años el 9 de agosto y fue cesada en sus funciones por la Corte Suprema.

En otro orden de cosas, el año pasado cerró con ciertos avances en términos de organización y autoridades de las respectivas Cámaras. En Diputados en la conformación de algunas comisiones a los fines de dar tratamiento de la Ley de Emergencia vinculada al DNU 70/2023 que se encuentra en vigencia desde el 29 de diciembre 2023. En el Senado, por su parte, hubo mayor avance en dichos aspectos.

Quedó postergado el tratamiento del proyecto de boleta única papel como así también la derogación de las elecciones primarias abiertas simultáneas y obligatorias (PASO). Este retraso resulta decepcionante ya que se trataba de una cuestión a la que el nuevo gobierno le había dado prioridad durante la campaña electoral.

El DNU y la llamada Ley Ómnibus han generado reacciones adversas de parte de organizaciones muy diversas y hasta enfrentadas en el pasado por cuestiones ideológicas. Esto ocurre por la magnitud y alcance de sus contenidos, que afectan cuestiones diversas, en materia ambiental, de pesca y de salud, entre otras Así, sectores que apoyaron en las elecciones la candidatura de Javier Milei, han interpuesto acciones con medidas cautelares a efectos de detener el avance de regulaciones a las que se oponen.

El nuevo régimen que se propone en materia de pesca, por ejemplo, deroga a la autoridad competenten. Se trataría de una desregulación que haría incurrir a la Argentina en responsabilidad internacional, ya que la falta total de control llevaría a la violación de las Convenciones Regional e Internacional contra la Corrupción, pues importa la posibilidad de infringir la reglas contra el blanqueo de capitales. Asimismo, la igualación de las compañías extranjeras con las nacionales lleva a un problema en materia de soberanía sumamente grave.

Muchos capítulos tratan sobre cuestiones locales, lo que lleva a la violación del régimen establecido en artículo 1° de nuestra Constitución. Esto es, el federalismo.

Em materia de goce de derechos rigen los principios de progresividad y de no regresividad que establecen que cuando se ha logrado un determinado “piso” en un rubro, el mismo no puede ser perforado hacía abajo. Por el contrario, puede superarse el techo concediendo una mayor protección. Así lo establecen varios tratados, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), el que tiene jerarquía constitucional (art. Inc. 22 CN).

En definitiva, el año se inició con señales preocupantes dentro de un cuadro de confusión y poca claridad hacia el futuro. Ojalá que los nubarrones se vayan disipando y entremos en un proceso de paz, armonía y tranquilidad propicias para la generación de inversiones que lleven a la creación de puestos de trabajo y que vayan aflojando la inflación y sus repercusiones en la pobreza, la indigencia y la desocupación. Si así pasara se irá erigiendo un país diferente que nos acerque a lo que fuimos hace ya muchas décadas.

Es fundamental tener en cuenta que para el Derecho Constitucional en el marco del Estado de Derecho, la forma y el fondo de las cuestiones deben ser consistentes y consonantes.

Lo que para muchos es una mera “formalidad” en realidad es un verdadero contenido sustantivo ya que por ejemplo consiste en el cumplimiento del principio de legalidad que establece cuando una cuestión debe ser resuelta a través de una ley. Si lo hace el titular del Ejecutivo por un decreto, se está violando uno de los principales postulados del Estado de Derecho: el principio de separación de poderes tal como lo formulara Montesquieu en su obra maestra “El Espíritu de las Leyes”.

Las reformas contenidas en la Ley Ómnibus y el tratamiento del mega DNU deben ser tratadas de conformidad con estas indicaciones. Insistimos, las formas resultan inescindibles de los contenidos. Esto es primordial para apuntalar y fortalecer el carácter republicano de tales reformas.

Publicado en Clarin el 16 de enero de 2024.

Link https://www.clarin.com/opinion/dnu-ley-omnibus-formas-contenidos_0_lyDmByDT1t.html

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