domingo 22 de diciembre de 2024
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¿Simplificación o derechos en riesgo?

El proyecto de ley denominado de “divorcio administrativo” que envió el Poder Ejecutivo al Congreso, tal como está propuesto, pone en peligro la protección de derechos fundamentales, la seguridad jurídica de las partes intervinientes y de terceros, debilita el control judicial como garante del debido proceso y desconoce el rol de la abogacía en la tutela de derechos y la prevención de conflictos.

No toda desjudicialización es buena. Algunas son peligrosas. El divorcio no es solo la disolución de un vínculo matrimonial, sino que tiene implicancias patrimoniales y personales que requieren una adecuada supervisión. Sin la intervención judicial, existe el riesgo de que se ocasionen perjuicios a los derechos de los y las cónyuges.

La actuación judicial en el divorcio no es una mera formalidad, es una garantía fundamental de acceso a la Justicia. Este control judicial es fundamental en el proceso de divorcio para garantizar la legalidad y la equidad de las decisiones que se toman. La Justicia no sólo vela por los derechos de las partes, sino que también actúa como garante de la protección de terceros cuya seguridad jurídica puede verse afectada por las decisiones que se adopten.

Solo la intervención judicial puede garantizar que las decisiones sobre los bienes, deudas y obligaciones se tomen con carácter de cosa juzgada. Esto asegura estabilidad y evita que las partes puedan reabrir conflictos en el futuro.

Un mero procedimiento administrativo nunca otorgará la indispensable seguridad jurídica. Por supuesto que las partes interesadas pueden convenir libremente, pero sólo un juez o una jueza puede evitar abusos evidentes que consagren una inequidad en perjuicio de alguna de las partes. Un Oficial Público de Registro Civil no puede convalidar cuestiones tan trascendentes como la tenencia de los hijos e hijas, los alimentos, las visitas, la distribución de la sociedad conyugal, etc.

La abogacía no es una traba burocrática, ni un simple costo. Por el contrario, es una garantía para que las partes puedan entender plenamente las consecuencias legales y económicas del divorcio. Sin asistencia legal, una de las partes puede estar en desventaja, especialmente si no tiene conocimientos jurídicos o recursos. La intervención profesional asegura que las decisiones tomadas sean justas y conforme a derecho.

El proyecto del Ejecutivo desconoce que el divorcio presenta muchas facetas que necesariamente están conectadas. Dejar librado todo a la autonomía de la voluntad sin control ni asesoramiento alguno es abrir las puertas a eventuales injusticias e inequidades. La iniciativa, por otro lado, no armoniza con otras disposiciones de la ley civil, como el derecho a pedir compensaciones económicas o la disolución de la sociedad conyugal.

Es necesario promover un debate más amplio que procure una mayor simplificación de todos los procesos o menores gastos, pero sin descuidar la protección de los derechos de las personas involucradas. Hay que desconfiar de lo que parecen las soluciones más sencillas, porque después traen más problemas que los que se quisieron resolver.

Publicado en Clarín el 17 de octubre de 2024.

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