Se cumplen 140 años de la promulgación de la Ley Nacional 1420; de Educación Común, Pública, Laica, Gratuita y Obligatoria.
El 8 de Julio de 1884 el presidente Julio Argentino Roca y su ministro de Instrucción, Eduardo Wilde, promulgaron la norma que había sido sancionada por el Congreso luego de duros y apasionados debates. Discusiones y controversias que seguirían luego, y que llegarían incluso hasta el siglo XX.
Ya hemos dicho en esta hoja que “la tarea para llegar a esa ley trascendente no había sido sencilla ni había estado exenta de conflictos y arduas polémicas. Lo que no había logrado el erudito Sarmiento lo conseguía el militar Roca, acompañado del médico Wilde y del abogado Onésimo Leguizamón, en ese entonces diputado nacional, otro ex alumno del histórico colegio”; en referencia al Colegio del Uruguay fundado por Urquiza, el primero laico del país.
Reivindicar la Ley 1420 y el legado de sus impulsores dista de constituir una mera actitud nostálgica y trasciende la formalidad de las efemérides. Se torna más bien una necesidad imperiosa, en momentos en los que los valores de la modernidad son asediados en todo el mundo por tendencias reaccionarias de diverso signo basadas en dogmatismos intolerantes y en concepciones totalitarias e integristas que resultan absolutamente incompatibles con la esencia del sistema republicano consagrado en nuestra sabia Constitución nacional de 1853.
Una democracia republicana madura y consolidada requiere hacer realidad el mandato sarmientino de “educar al soberano”; demanda ciudadanos responsables, formados e informados, que participen activamente en la cosa pública, que asuman plenamente su rol de mandantes de los funcionarios públicos, circunstanciales mandatarios designados por la voluntad popular para desempeñar responsabilidades públicas en períodos acotados de tiempo. En esa tarea, el sistema educativo que iguala, que libera, que nos hace compatriotas, que enseña e inculca los valores de la libertad, la igualdad y la fraternidad adquiere una significación política trascendente.
Religiosamente neutrales
También cobra relevancia el rol de la educación en el desafío de brindar herramientas para que todas las personas adquieran habilidades y capacidades para desempeñarse en el ámbito económico, contribuyendo con su trabajo a la prosperidad general, incorporando elementos que son cada vez más necesarios en una sociedad en la que la economía del conocimiento y la innovación tecnológica serán determinantes.
No menos significativa es la necesidad de contar con un sistema educativo que integre y fortalezca los vínculos de solidaridad social, que haga que las nuevas generaciones se sientan parte de una comunidad que no sólo comparte un pasado histórico, sino que también es capaz de confluir en un proyecto común a futuro, en la búsqueda del logro paulatino de mejores condiciones de vida para todos.
Adrián Pignatelli (1), refiriéndose al presidente Roca, señala que “los furibundos ataques de la iglesia y el enfrentamiento producido por la Ley 1420, sumadas a la creación del Registro Civil hizo que expulsara al nuncio apostólico Luis Mattera y se rompieran relaciones con la Santa Sede, que él se ocuparía de reestablecer durante su segunda presidencia… Por la ley del Registro Civil, la iglesia católica perdía las atribuciones de siglos de anotar nacimientos, casamientos y defunciones” y recuerda que Félix Luna, en “Soy Roca”, le hace decir que esa norma y la Ley 1420 “eran tributos indispensables a la afluencia de extranjeros, que debían encontrar un país neutral en materia religiosa, donde cada uno pudiera adorar a su dios libremente, casarse y educar a sus hijos según sus convicciones”.
Educación popular
Haydée Breslav (2) recuerda que “la ley rigió sin mayores inconvenientes durante 46 años.
Vale la pena recordar en ese sentido los conceptos del presidente Hipólito Yrigoyen, quien, en 1921, aseguró que “las luchas religiosas que dividieron a la humanidad pertenecen ya a una época remota” y que “renovar esa discusión podría parecer inusitado”; y agrega que “el escenario cambió con el golpe militar de 1930… Así, entre 1936 y 1937 se sancionaron leyes, decretos o resoluciones que implantaron la enseñanza de la religión católica en nueve provincias. Por su parte, el gobierno militar surgido del golpe del 4 de junio de 1943 –que tenía por finalidad, según su proclama, “acercar a los niños a la doctrina de Jesucristo” y “educar a la juventud en el respeto a Dios”– dictó el último día de ese año, con el país bajo estado de sitio, el decreto Ley 18.411, cuyo primer artículo disponía: “En todas las escuelas públicas de enseñanza primaria, postprimaria, secundaria y especial, la enseñanza de la Religión Católica será impartida como materia ordinaria de los respectivos planes de estudio” (sic).
En cuanto a los docentes que debían impartirla, serían “designados por el gobierno, debiendo recaer los nombramientos en personas autorizadas por la autoridad eclesiástica”.
El decreto fue redactado por el ministro de Educación, el conocido nazi-fascista Gustavo Martínez Zuviría”. Esta autora narra el proceso que dio origen a “la Ley 12.978, de enseñanza católica, que se promulgó el 29 de abril de 1947 y rigió hasta mayo de 1955 cuando, a raíz y en medio de la creciente confrontación entre el gobierno peronista y la Iglesia, fue derogada por el Congreso. En esa oportunidad se manifestaron partidarios convencidos de las bondades del laicismo escolar muchos legisladores oficialistas que ocho años antes se habían proclamado fervorosos defensores de la enseñanza religiosa. Entre ellos se encontraba el diputado Héctor J. Cámpora”.
José Luis Romero (3) considera que “la sanción de una ley de enseñanza popular correspondía a una preocupación profunda por el problema de la educación. Era la misma preocupación que Sarmiento había tenido durante toda su existencia y que había inspirado las páginas de “Educación popular”; ahora, en sus herederos, se mantenían algunos de los principios prácticos de quien había erigido en preocupación primera de su vida la de “educar al soberano”.
2) https://trascarton.com.ar/aniversarios/ley-1420-sancion-y-primera-derogacion
3) https://jlromero.com.ar/textos/el-desarrollo-de-las-ideas-en-la-sociedad-argentina-del-siglo-xx-1965