sábado 21 de diciembre de 2024
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Ley ómnibus y cultura, un ataque innecesario

El capítulo dedicado a la cultura en el proyecto de ley ómnibus enviado al Congreso no sólo carece de la exposición de motivos que justifiquen las drásticas medidas que se proponen en la legislación y administración de las políticas de fomento, sino que desconocen expresas disposiciones de la Constitución Nacional que obliga al Congreso a dictar leyes que promuevan la actividad cultural y  garanticen el pleno ejercicio de los derechos culturales, que integran el conjunto de derechos humanos consagrados en nuestro sistema jurídico.

La Constitución de 1853/60 que fundó el Estado argentino fue adelantada a su época porque además de reconocer derechos de carácter cultural (libertad de trabajo que incluye el artístico e intelectual, libertad de enseñar y aprender) los garantizaba con expresos mandatos efectuados a los órganos de gobierno para que esos derechos fueran efectivos. Prueba de ello es la denominada cláusula de progreso (arts. 67 inc. 18 en el texto del siglo XIX, hoy art. 75 inc. 18 luego de la reforma de 1994) que obliga al Congreso a promover lo que en ese entonces se denominaba “ilustración” y cuyo sinónimo hoy es “cultura”. En base a dichas normas, los gobiernos sucesivos dictaron leyes de fomento de actividades culturales, crearon instituciones, aplicaron políticas de fomento.

Si algo dio brillo y proyección internacional a esa Argentina de final del siglo XIX y principios del XX, que la actual conducción política del país suele elogiar, fue la solidez de sus sistema educativo que funcionó como una “máquina cultural” que permitió el desarrollo de talento, la recepción de artistas y científicos, el surgimiento de grupos vernáculos que convirtieron a la Argentina en un principal productor de bienes culturales tales como libros, discos y películas.

La reforma de 1994 enfatizó estas facultades al agregar un inciso más a las facultades del Congreso, el art. 75 inc. 19, llamada de “nuevo progreso” que incluye estrictos mandatos para la protección del patrimonio cultural tangible e intangible, los derechos de autor y los espacios audiovisuales. Y también elevó a rango constitucional tratados internacionales sobre derechos humanos, celebrados tanto en el marco de la ONU como en el de OEA, entre los que se encuentra el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que incluyen expresos mandatos para los estados que los ratifican.

La ley ómnibus propone sin expresar motivo la derogación de la ley que regula el Fondo Nacional de las Artes y disuelve el organismo, aplica idéntica medida a la ley de promoción del teatro independiente y a su órgano de aplicación (Instituto de Teatro), propone modificaciones regresivas respecto del fomento de cine, la música, las bibliotecas populares, el libro y la protección de los derechos de autor.

Estas medidas no sólo incumplen las normas constitucionales e internacionales señaladas, sino que implican un severo daño a una actividad que es símbolo de la identidad plural del país, que promueve su riqueza simbólica y material, que genera empleo y da prestigio internacional al país. El Congreso tiene la responsabilidad de rechazar por los fundamentos jurídicos expuestos las propuestas de esta ley y abrir un debate sobre cómo reforzar la relación del Estado y la cultura para que sus sistemas de fomento se adecuen a las exigencias de la época, se modernicen los organismos administrativos si se considera necesario, se rectifiquen las prácticas que pueden considerarse erróneas del pasado.

Pero estas medidas deben darse en un marco de debate, análisis, escucha de diferentes voces de los múltiples intervinientes en estas actividades que le dieron identidad al país en su formación y siguen a través de las décadas, a pesar de la convulsa vida política, social y económica del país dándole prestigio. Ese debate debe darse en el Congreso donde están representadas todas las voces de una sociedad si no queremos nuevamente afectar el Estado de derecho ni caer en prácticas populistas que confunden éxito electoral con monopolio de la decisión política.

Las buenas noticias para el país en estos últimos años de inusitada caída en la pobreza de millones de personas, de convulsionada decadencia económica, de marcada intolerancia entre sus habitantes simbolizada por la “grieta”, de defectuosa práctica de sus instituciones, vinieron mayoritariamente de las artes. Los múltiples reconocimientos literarios, la admiración por sus artistas visuales, las películas de diferentes formatos de producción, la propuesta de nuevos lenguajes escénicos, la música en sus diferentes expresiones que triunfaron en el mundo, demostraron que aún el país legaba a la comunidad internacional su aporte creativo y daba a los habitantes de un país castigado horizontes de desarrollo y bienestar.

La riqueza de un país no sólo se mide por sus recursos naturales y su producto bruto interno, sino también por la capacidad de producir riqueza simbólica. Esperamos que el Congreso cumpla con sus mandatos constitucionales.

Publicado en Perfil el 21 de enero de 2024.

Link https://www.perfil.com/noticias/columnistas/ley-omnibus-y-cultura-un-ataque-innecesario-por-jose-miguel-onaindia.phtml

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