lunes 30 de diciembre de 2024
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Con qué documentos se puede votar

El domingo se celebrará el balotaje entre Sergio Massa (Unión por la Patria) y Javier Milei (La Libertad Avanza) y la Cámara Electoral Nacional tiene todo listo para que la ciudadanía pueda elegir entre las variantes.

La apertura de las urnas será a las 8 y se extenderá hasta las 18, aunque habrá tolerancia para los electores que se encuentren esperando su turno en la fila del cuarto oscuro.

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Documentos válidos para votar

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Los votantes podrán asistir a cumplir con su compromiso electoral con el documento cívico que figura en el padrón, o con una versión posterior del mismo.

Según precisaron fuentes a cargo de la organización, de concurrir con un documento anterior al que consta en el padrón no se podrá ejercer el derecho a votar. Tampoco se podrá ingresar al cuarto oscuro con constancia de DNI en trámite, ya que no se considera probatorio de la identidad.

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¿Se puede votar con DNI digital?

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La Cámara Electoral Nacional estableció que la versión digital del DNI disponible en la aplicación Mi Argentina no podrá ser utilizada como constancia como probatoria de la identidad y por lo tanto, a pesar de contener los datos y las fotos, no lo sustituye y no podrá ser utilizado.

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¿Qué hacer en caso de hurto o extravío del DNI?

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En caso de hurto o extravío del documento, no se podrá emitir el voto debido a la ausencia de acreditación de la identidad ante las autoridades a cargo de la elección.

Lo primero que debe realizarse es la denuncia en la comisaría más cercana, y justificar la ausencia en la votación ante la Justicia Electoral Nacional.

El trámite deberá realizarse dentro de los 60 días posteriores a la fecha de la votación ante el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar, donde se deberá presentar la denuncia policial que da cuenta de su justificación. En tanto, no se puede asistir a los comicios con una constancia de DNI en trámite, ya que no se considera probatorio de la identidad.

Las sanciones económicas por no votar varían entre 50 y 500 pesos para los electores mayores de 18 años y menores de 70, teniendo un período de “sesenta (60) días de la respectiva elección” para justificar la ausencia.

Las formas de abonar las multas son a través del Banco de la Nación Argentina por transferencia de crédito, transferencia bancaria o en efectivo de forma presencial en cualquiera de sus sedes, aunque también puede abonarse de manera virtual (NA).

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