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Una Argentina fraterna y fiel a su Constitución

Frente al demagógico decreto del gobierno, la Argentina debe reafirmar su tradición de libertad, hospitalidad y amistad.

La Argentina nació como una promesa de libertad con aspiraciones de “noble igualdad”. Desde sus orígenes se pensó a sí misma como una nación abierta a quienes quisieran habitar su suelo, trabajar y disfrutar los frutos del esfuerzo y a compartir un destino común. Esa vocación de amplitud constituye una parte de nuestra identidad. Eso, también, nos hizo.

El decreto de necesidad y urgencia dictado por el presidente Javier Milei, que incorpora nuevas causales para impedir el ingreso o disponer la expulsión de extranjeros a partir de expresiones formuladas en términos amplios e imprecisos, va en contra del sentido fundacional de la nación.

A esto se le agrega que es demagógico (se monta a la ola de tribalización que surgió sobre el final del mundial), autoritario (permite expulsar del país por mensajes de odio sin establecer qué es un mensaje de odio), inútil (ya existe un cuerpo normativo que contempla la sanción a comportamientos ilegales por parte de extranjeros), inconsistente (respecto al intento de modificación de la ley de tierras) e hipócrita: nadie como el presidente agrede e insulta a otros argentinos.

Con bastante cinismo, en sus vistos, el DNU alude a normas que apuntan a defender los derechos humanos (Ley 23.054 del Pacto de San José de Costa Rica-Convención Americana sobre Derechos Humanos) y a penalizar actos discriminatorios (Ley 23.592), además de nombrar -y afectar de manera directa- a la Ley 25.871 de Migraciones, que ya es suficiente para sancionar actos graves que cometan extranjeros.

Milei toma de la Ley 23.592 que la nacionalidad es una categoría protegida frente al odio y la discriminación. Utiliza su lógica antidiscriminatoria como fundamento para crear una nueva causal migratoria. Del Pacto de San José, que determinadas formas extremas de discurso de odio pueden legítimamente ser restringidas. Utiliza ambos argumentos para incorporar esas conductas a la Ley de Migraciones como nuevas causas de inadmisión, cancelación de residencia y expulsión.

El DNU agrega que pasan a ser causa de impedimento de ingreso y permanencia tres tipos de conductas: dirigir mensajes de odio (oralmente o por escrito en las redes sociales, por ejemplo), contra el pueblo argentino o contra un argentino por su nacionalidad; incitar a la violencia en esas condiciones (más adelante profundizo en este punto); realizar, participar o incitar actos de ultraje contra símbolos patrios nacionales. Es un cambio sustancial, ya que agrega una conducta de expresión verbal o escrita que antes no figuraba entre las causales migratorias pasa a colocarse jurídicamente junto a delitos, terrorismo, fraude migratorio y otras causas graves. Desde ahora, cuando la residencia se cancele por estas conductas, Migraciones podrá obligar a la persona a abandonar el país dentro de un plazo o disponer su expulsión.

Vuelvo al tema de incitación a la violencia o haber dirigido mensajes de odio. Esa es la diferencia esencial con la ley del Pacto de San José de Costa Rica, que además desde el 94 tiene rango constitucional. El Pacto se refiere a “apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar”. Subrayo el QUE CONSTITUYAN. El decreto, en cambio, establece una autonomía (mediante la letra O) para dirigir mensajes de odio sin que necesariamente haya incitación a la violencia. ¿Dónde está, cuál es, el rango de odio para establecer a partir de qué mensaje alguien merece una expulsión?

Otro problema, esta vez en relación al ultraje contra símbolos patrios. ¿Cómo se define jurídicamente un ultraje?

Desde ya que Argentina no debe tolerar la violencia o la discriminación. Tenemos, y se aplican, normas contra lo que no es aceptable. Con este DNU la pregunta central es: ¿Corresponde transformar categorías abiertas como “mensaje de odio” y “ultraje” en causas administrativas capaces de excluir o expulsar a una persona del país?

El odio, la discriminación, las ofensas y la violencia deben ser prevenidas y sancionadas mediante leyes que ya existen, procedimientos justos y pleno respeto por las garantías constitucionales. Lo agravante es que se otorguen a la administración facultades discrecionales capaces de afectar la libertad de expresión, el derecho de defensa y la seguridad jurídica.

Hay, además, una contradicción respecto a la fervorosa defensa de la modificación de la ley de tierras. Con el DNU el Gobierno invoca la defensa de la identidad y la soberanía nacionales para restringir el ingreso o la permanencia de extranjeros. Con el intento de modificar la ley de tierras impulsa una flexibilización del régimen que limita la adquisición de tierras rurales por extranjeros. Pero, en el caso de la ley de tierras, la versión vigente no expresa hostilidad hacia quien viene de otro país. Sí procura resguardar un recurso estratégico. Establece límites a la concentración de tierras en manos extranjeras, y protecciones especiales sobre territorios sensibles. Se puede estar abierto al mundo sin renunciar al cuidado de lo propio. De hecho, ésa debe ser nuestra posición: amplitud hacia las personas y prudencia frente a la posible enajenación de recursos estratégicos. Fraternidad entre los pueblos y defensa responsable del territorio nacional.

Otro problema es la necesidad y urgencia de este Decreto. El argumento del gobierno alude a los mensajes que en distintas redes sociales se emitieron contra Argentina y los argentinos, su cultura y su identidad nacional. No menciona métricas, ni ningún estudio o algún dato que fundamente la gravedad, la urgencia o la necesidad. Todos sabemos que detrás de esa suposición está el clima que se vivió sobre el final del mundial de fútbol. ¿Puede un país como Argentina sentirse amenazado en su seguridad seguridad, cultura o identidad por mensajes en X a partir de un campeonato de fútbol? Me parece un delirio.

Pero la discusión también nos obliga a preguntarnos qué clase de país queremos ser. La Constitución Nacional ofrece una respuesta luminosa cuando proclama el propósito de “asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino”. Esa frase del Preámbulo es un mandato que atraviesa generaciones y que establece una vara muy alta de cara al futuro.

La Argentina debe expresar su mejor espíritu: el de una Nación segura de sí misma porque no teme abrirse al mundo. Orgullosa de su identidad porque sabe compartirla. Fuerte porque respeta la dignidad de todas las personas. La hospitalidad no supone ingenuidad ni ausencia de reglas. Supone que las normas migratorias sean razonables, claras y compatibles con los derechos humanos. Supone que nadie pueda ser castigado por una decisión administrativa basada en conceptos vagos, sospechas o prejuicios.

Ser fieles a la Constitución significa mantener abiertas las puertas de la República para todos aquellos que quieran habitar nuestro suelo, respetar nuestras leyes y participar de una obra colectiva que nunca estará terminada.

Una Nación se engrandece por su capacidad para integrar, convivir y ofrecer un horizonte común. Esa es la Argentina que quiero defender: que cuida sus recursos y sus intereses, y es abierta, hospitalaria, democrática y fraterna. Una patria que afirma su identidad en amistad con todos los pueblos y todas las personas.

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