viernes 19 de abril de 2024
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Todo sobre el ROECYT

En enero, el actual gobierno decidió suspender temporalmente el nuevo aplicativo que permitía realizar de manera sintética el trámite para importar bienes para hacer investigación científica bajo el régimen de la ley que las exime de impuestos. Afirmaron que lo hacían porque el aplicativo no funcionaba correctamente.

Esto no significa que se fue para atrás con todos los avances que hicimos en la gestión anterior en ese campo, pero sí que ahora se aprovechan solo parcialmente los cambios de lo que denominamos ROECYT 2.0: un sistema que permitiría hacer todo el trámite a distancia, con un formulario más simple, con la posibilidad de trazabilidad de la solicitud, con un certificado integrador que incluía todos los trámites de los organismos intervinientes, sin la necesidad de contratar a expertos para que intervengan.

En esta nota hacemos un repaso de lo que es el ROECYT y los cambios que aplicamos.

¿Qué es el ROECYT?

El Registro de Organismos y Entidades Científicas y Tecnológicas (ROECYT) surge de la ley 25.613 del año 2002 que estableció un regimen de importaciones para insumos destinados a investigaciones científico tecnológicas. Por dicha ley las instituciones científico tecnológicas y académicas pueden importar, libre de impuestos, insumos para hacer investigación.

El ROECYT es el registro que certifica que las importaciones sean para investigación científica. El Ministerio de Ciencia y Tecnología está a cargo del ROECYT.

Desde su creación, el ROECYT había habilitado a 188 instituciones para importar, se otorgaban cerca de 2000 certificados por año por un monto de importaciones de 100 millones de dólares anuales.

Todo el mecanismo para poder importar libre de impuestos tenía problemas de funcionamiento. Numerosos factores hacían que este trámite sea engorroso y largo. Modificar el funcionamiento del ROECYT fue un reclamo largamente manifestado por la comunidad científica y académica.

Nosotros avanzamos en muchas mejoras del ROECYT. A las mejoras que habíamos hecho, en su conjunto, las denominamos ROECYT 2.0.

Desde el comienzo de la gestión en diciembre del 2015 se acercaron inquietudes al MINCYT para mejorar el sistema. A inicios del 2018, se incorporó el trámite a distancia (TAD), lo que facilitó muchísimo la posibilidad de hacer el trámite remotamente. En marzo de 2018, cuando el ROECYT entra bajo la órbita de la Secretaría de Articulación, se profundizó y sistematizó una etapa de diagnóstico detallado en base a entrevistas y consultas a investigadores, gestores, encargados de las áreas de comercio exterior de los organismos y universidades, entre otros. Estas consultas nos permitieron identificar los aspectos que podían mejorarse y simplificarse para eficientizar todo el proceso, en especial desde el punto de vista de los usuarios.

Fuimos implementando las mejoras en secuencias, primero al interior de lo que correspondía al Ministerio de Ciencia, y luego integrando a todos los organismos intervinientes.

Esto se hizo, también, en el marco de los esfuerzos realizados por la anterior gestión para la simplificación productiva. Para ello, había creado la Secretaría de Simplificación Productiva en el Ministerio de Producción.

La oficina ROECYT estaba acotada a emitir un certificado para autorizar la importación bajo las condiciones de la ley 25.613 . Sin embargo, la operación de importación es un proceso más complejo que requiere conocer información sobre: posición arancelaria del bien a importar, autorizaciones necesarias para poder ingresar el bien al país y otros.

Dependiendo del bien a importar, en estas autorizaciones pueden llegar a intervenir la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN), el Registro Nacional de Precursores Químicos (RNPQ), el Ministerio de Ambiente, y algunas más. Dado que no existía ninguna fuente que unifique y provea de manera sencilla esta información, era imposible concretar una importación sin recurrir a intermediarios expertos (por ejemplo, despachantes de aduana) con el aumento de costos que ello implica.

En la etapa de diagnóstico se fueron identificando problemas que ocurrían por fuera del ámbito de la oficina ROECYT, por ello se decidió abarcar el proceso en su conjunto y dar una solución integral en lugar de una parcial. Esto condujo a que conformemos una mesa de trabajo amplia donde estuvieron presentes todos los actores involucrados en el proceso.

Se constituyó el núcleo de trabajo compuesto por la Secretaría de Articulación Científico Tecnológica (MINCYT), la Secretaría de Comercio-Dirección de Importaciones (Ministerio de Producción), y la Secretaría de Simplificación Productiva (también del Ministerio de Producción). Luegose fueron sumando: el Ministerio de Modernización, la Dirección General de Aduana, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, el SENASA, la ANMAT, el RNPQ, la ARN, la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas (SEDRONAR), la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC), la Secretaría de Comercio Interior y la Cámara Argentina de Prestadores de Servicios Internacionales Aeroexpresos (CAPSIA).

La premisa de trabajo siempre fue simplificar, mejorar y agilizar el proceso teniendo en cuenta el carácter especial del régimen y el destino de la importación asociado a la investigación científica y no al uso comercial.

Diagnóstico. Principales obstáculos identificados.

  • Ausencia de información ex ante. 

Los investigadores, y la mayoría de las instituciones, no tenían dónde acudir para conocer la posición arancelaria de los bienes que necesitaban importar y las intervenciones necesarias. Por eso era había que acudir a un despachante de aduana. Un problema habitual era que al llegar a la aduana con lo que suponían que era toda la documentación necesaria, se enteraban que les faltaba tramitar alguna autorización. Tenían que volver varios pasos atrás, hacer otro trámite, y luego volver a aduana.

  • Proceso fragmentado en múltiples ventanillas. 

Cada trámite necesario para completar la importación debía hacerse en la oficina correspondiente, por ejemplo: un trámite en ANMAT, otro en SENASA, etc. Al final del proceso, debían presentarse en la aduana todos los certificados por separado (ROECYT por un lado, los otros organismos por el otro).

  • Requisitos redundantes (internos y externos).

El mismo ROECYT solicitaba información que estaba fuera de su ámbito de aplicación y que la ley -ni ninguno de los organismos mencionados más arriba- no obligaba. Por ejemplo, factura pro-forma, traducciones de manuales y especificaciones, cartas de donación, certificado de importación de bienes usados (CIBU), entre otros.

  • Intervenciones redundantes. 

En la mesa de trabajo muchos terceros organismos plantearon que sus intervenciones eran innecesarias cuando las importaciones no tenían como destino el uso comercial. Se eliminaron esas intervenciones para un número significativo de bienes y documentación que eran solicitadas por la oficina ROECYT.

  • Formulario de carga del certificado poco automatizado.

La mayoría de los campos a cargar no contaban con desplegables ni formatos que contribuyan a la carga, como por ejemplo los nombres de las instituciones y las posiciones arancelarias. Esto último generaba un margen de error muy alto porque en el caso del campo de la posición no se indicaba ni la extensión ni el tipo de caracteres que debían cargarse. Estos errores habituales hacían que se emitieran certificados con errores que luego eran rechazados por la aduana.

  • Imposibilidad de importar puerta a puerta

Según resoluciones generales de AFIP (3915/2016 actualizada por 4447/2019), todas las importaciones que ingresaran con intervención de terceros organismos no podían hacerse puerta a puerta. Para la aduana, la intervención del MINCYT mediante ROECYT era considerada como de tercer organismo. Eso imposibilitaba la importación puerta a puerta.

  • Cobro de diversas tasas. 

Si bien el certificado ROECYT siempre fue gratuito, había aranceles asociados a la emisión de certificados de terceros organismos. Además, debía pagarse la tasa de estadística.

  • Procesos internos redundantes.

Cada vez que la oficina de ROECYT recibía una solicitud de compra de un insumo o equipos en el marco de un proyecto de inverstigación ya aprobado y financiado por la Agencia Nacional de Promoción Científica Tecnológica (ANPCYT, perteneciente al mismo MINCyT), enviaba el expediente a la ANPCYT para que, una vez más, indique que la compra estaba aprobada en el marco de ese proyecto que ya había sido aprobado. Este circuito interno llevaba, en promedio, 7 días.

Por otra parte, cuando se trataba de proyectos ya aprobados y acreditados por instituciones del sistema científico (ANPCYT, CONICET, universidades, organismos de CyT), en vez de solicitar que se indique el código y se adjunte el proyecto aprobado, la oficina ROECYT solicitaba la confección de un documento adicional con los mismos datos del proyecto aprobado.

  • Baja trazabilidad. 

El investigador, que es el beneficiario último dado que es quien hace las investigaciones, no era notificado sobre el estado del trámite. Dado que la ley 25.613 estipula que el beneficiario es la institución, el circuito frecuente era que el investigador acerca a la oficina administrativa o de comercio exterior de su institución la documentación requerida, y a partir de allí ya no podía darle seguimiento al trámite.

La trazabilidad del trámite tampoco existía. La oficina ROECYT desconocía los certificados que se presentaban en aduana y, por lo tanto, las importaciones realmente efectuadas. Con lo cual, luego de la emisión del certificado, no se daba seguimiento al trámite.

  • Imposibilidad de reexportar y de realizar importaciones temporarias.

Cuando el bien importado se rompía por algún motivo y estaba en garantía no podía ser enviado a su país de origen para su reparación. Esto sucedía por una interpretación demasiado forzada que se realizaba del Artículo 5º de la ley 25.613 (“Los bienes que se importen, amparados por la presente ley, deberán afectarse exclusivamente a la investigación científica o tecnológica, que ejecuten los beneficiarios y no podrán enajenarse antes de que se hayan cumplido cinco (5) años contados a partir de la fecha de despacho a plaza. La Secretaría para la Tecnología, la Ciencia y la Innovación Productiva podrá, no obstante, autorizar durante ese período y con carácter previo enajenaciones o préstamos de uso a organismos o entidades comprendidas en el artículo 2º”).

Por motivos similares, de interpretación del mismo artículo, estaba prohibida la importación temporal mediante ROECYT y se exigía el pago de la garantía habitual en estos casos.

Soluciones: el ROECYT 2.0

1. Disponibilidad de información.

La Secretaría de comercio exterior del entonces Ministerio de Producción llevó adelante el proceso de unificar la información y desarrolló una página web (CIVUCE https://ci.vuce.gob.ar/) que funciona como asistente para conocer las posiciones arancelarias y brinda la información de las intervenciones requeridas para importar. El CIVUCE es el Central de Información de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).

Por otra parte, redujimos considerablemente el universo de posiciones arancelarias sobre las que hay que trabajar, y se simplificó el trabajo de carga. En base al trabajo conjunto realizado con la Aduana, se acordó emitir los certificados con el detalle del bien indicado con la posición arancelaria a 8 dígitos. El trámite con el viejo sistema requería la carga de la posición a 11 dígitos, para lo que había que buscar en un universo de 30.000 posiciones. Nosotros decidimos trabajar con un grupo de posiciones mucho más real y concreto: las posiciones arancelarias utilizadas en los últimos tres años.

En los últimos tres años, las posiciones arancelarias utilizadas por el trámite ROECYT fueron 2.000. Esas 2000 posiciones arancelarias se pre cargaron así para el usuario la carga sería automática, y se reduciría mucho el margen de error de carga de números. Se incopororó el campo “otros” por si había que incluír algun bien por fuera de esas 2000 posiciones. Como el formulario del ROECYT 2.0 solicitaba el detalle de posición a 8 dígitos, en acuerdo con la Aduana el universo total de posiciones arancelarias se redujo a 9.950.

El objetivo de programar de esta manera el sistema es hacer más amigable la carga y no tener un desplegable inmanejable en el campo correspondiente.

2. Proceso integrado

Se creó una ventanilla única que tenía por objeto emitir un certificado integrador con el beneficio ROECYT y las intervenciones de los terceros organismos (SENASA, ANMAT, RNPQ, ARN, etc).

 3. Eliminación de requisitos 

Se eliminaron 30 campos y requisitos redundantes que alargaban mucho el trámite (factura proforma, traducciones, documentos adicionales a los proyectos de investigación, entre otros).

4. Posibilidad de importación de bienes de capital usados 

Mediante el decreto presidencial 406 del 7 de junio de 2019 se eximió del trámite del Certificado de Importación de Bienes Usados (CIBU) a todos los bienes usados que ingresen al país al amparo del ROECYT. Además, desde ese decreto, se permite el ingreso de los bienes de capital usados que están prohibidos y se aplica el beneficio del arancel 0% en el marco de la ley 25.613.

5. Eliminación de intervenciones

Los principales organismos que intervienen en las importaciones de insumos para investigación (ANMAT y SENASA) redujeron su universo de intervenciones. ANMAT lo hizo a través de la disposición 8279/2019 y SENASA mediante la resolución 1165/2019, ambas publicadas en el Boletín Oficial. ANMAT acotó su intervención a psicotrópicos y estupefacientes y SENASA redujo en un 30% su universo de intervenciones.

6. Automatización del formulario de carga.

La mayoría eran campos libres con altísimos margen de error (como el de la posición arancelaria) y fueron pre cargados.

6. Posibilidad de importar puerta a puerta

A través del decreto presidencial 515 del 25 de julio de 2019 se habilita la importación puerta a puerta al amparo de la ley 25.613.

7. Eliminación del cobro de diversas tasas. 

El decreto 515 elimina el pago de la tasa de estadística. Además, en muchos casos los terceros organismos eliminaron los aranceles asociados a la emisión de sus certificados.

8. Eliminación de etapas internas del proceso.

La interfaz con la ANPCYT (del propio Ministerio de Ciencia) que era redundante, fue eliminada ganando siete días en el trámite.

9. Trazabilidad. 

El nuevo formulario incorporaba la solicitud del mail del investigador responsable para notificarlo de los pasos del trámite. El sistema se desarrolló para que avise automáticamente el inicio y finalización del trámite a los investigadores. Además, el decreto 515 obliga a la aduana a informar a ROECYT los certificados presentados y las importaciones realizadas. Se estipuló una frecuencia mensual para ello.

10. Posibilidad de reexportar y de realizar importaciones temporarias.

A través del punto 9 del anexo de la reglamentación del decreto 515 (resolución 632 del 15 de agosto del 2019 de la Secretaría de Gobierno de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva), queda habilitada la reexportación en casos de reparación:

“Los bienes/ insumos que resulten alcanzados con los beneficios previstos en el régimen que se reglamenta por la presente medida, no podrán ser reexportados por el plazo previsto en el Artículo 5° de la Ley, salvo en los supuestos de reparación en garantía”.

A la vez, el punto 9.1 de la misma resolución habilita para importación temporaria para investigación:

“Supuestos especiales. Destinación de importación temporaria. Plazo de prohibición de enajenación. En los supuestos de CIBIPIC aplicados a destinaciones de importación temporaria, el plazo de prohibición de enajenación previsto en el Artículo 5° de la Ley N° 25.613, resultará de aplicación únicamente en los casos en que las mismas resulten convertidas en destinaciones a consumo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 271 del Código Aduanero”.

11. Se fijaron plazos 

Se fijaron plazos a terceros organismos para que se expidan rápidamente sobre los certificados ROECYT. En la mayoría de los casos se estableció un plazo de cuatro días hábiles que fue incorporado en el dictado de las resoluciones correspondientes.

12. Encaminamos un acuerdo para que, por 15 días, no se cobren gastos de almacenaje. 

El costo de almacenaje y manipuleo en el aeropuerto de Ezeiza era elevado y encarecía las importaciones para investigación. Al final de la gestión encaminamos un acuerdo con Terminal de Cargas Argentina (TCA, de Aeropuertos Argentina 2000) para que las importaciones realizadas mediante ROECyT no tengan costos si el almacenaje era menor a 15 días.

Algunas aclaraciones finales

Todo el proceso del ROECYT necesitaba de muchas mejoras. Nosotros impulsamos diversos cambios que concretaban esas mejoras. La visión siempre fue considerar todo el proceso de modo integral en contraposición a concebir el proceso sólo desde el punto de vista del certificado ROECYT.

En el software que se desarrolló y que se puso on line, que muy posiblemente necesitaba mejoras, existía la posibilidad que desde la oficina ROECYT se haga el matching entre la posición arancelaria y la intervención correspondiente. De ese modo se obtiene un trámite integrador. Un paso siguiente hubiese sido hacer eso automatizado. A eso apuntábamos, y para eso dejamos las cosas encaminadas.

Lo que no puede suceder es alterar el sendero de la mejora en beneficio de los usuarios. Hay que volver a incorporar la trazabilidad del trámite, para que el investigador no tenga que hacer el matching para saber qué trámite realizar de acuerdo al bien que importa, ni que tenga que buscar entre 30 mil posiciones arancelarias sin ninguna facilitación ni simplificación. En el camino no puede quedar la posibilidad de un certificado único y global.

En este tiempo el Estado perdió capacidades que permitían tener una visión global de los trámites que impactan en la capacidad de producción. Se echaron a 200 personas de lo que era la Secretaría de Simplificación productiva, y que en este caso hubiesen sido útiles para continuar con esa visión global e integradora.

Por otra parte, en estos cuatro meses, desde que dieron de baja el aplicativo, el equipo que hizo el desarrollo no fue consultado acerca de posibles errores o mejoras. Sin importar los signos políticos, se puede contribuir a superar cualquier obstáculo para avanzar en una mejora sustancial que en definitiva va a tener impacto en la capacidad de investigación y en el desarrollo del país.

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