“El país se ha achicado espiritualmente porque pareciera que ya no pensamos con amplitud, con generosidad. Así vemos limitar la entrada al país de los inmigrantes-extranjeros”.
Marcelo T. De Alvear, 22 de junio 1939
Con la reforma migratoria que entró recientemente en vigencia se modificó y endureció también el proceso mediante el cual un extranjero residente puede obtener la Carta de Ciudadanía.
La reforma migratoria que prometió el gobierno libertario de Javier Milei ya está vigente. Con ella hay mayores restricciones para quienes quieran venir como inmigrantes, y se sumaron más trabas y procesos burocráticos para quienes tengan la voluntad —nunca ha sido obligatorio— de convertirse en ciudadanos argentinos.
El propio Milei, quien constantemente acusa a los otros de ser “la casta”, cuenta con doble ciudadanía. La tiene luego de que a finales de 2024 Giorgia Meloni, primera ministra de Italia, se la concedió en un proceso llevado hasta entonces en silencio. Aparentemente no se sometió a meses o años de espera en un consulado. Y no se tiene constancia de que previamente haya hecho inversiones, trabajado, residido o permanecido durante años de forma ininterrumpida en su —ahora— otro país. Las autoridades italianas habrían tomado en cuenta que uno de los abuelos del Presidente llegó a la Argentina en 1926, una época en la que al puerto de Buenos Aires arribaban millones de personas de todas partes en búsqueda de un lugar dónde establecerse y hacer sus vidas, con políticas públicas que veían con buenos ojos incorporar a otros, sin mayores dificultades.
Los censos nacionales indican que en 1895 los extranjeros eran 1.004.527, 25,2% sobre la población total del país, y en 1914 2.357.952, o sea 29,9% de entre toda la población. En 1947 había 2.435.927 inmigrantes, 15,3% sobre una población de 15.893.827 personas.
Con la reforma que se implementó ahora en la Argentina, un caso como el de Javier Milei sería imposible, y que alguien como su abuelo se convierta en ciudadano argentino, será más complicado.
A partir de ahora si un extranjero residente quiere optar a la ciudadanía deberá primero pasar dos años sin tener ni una sola salida al exterior. Si tuviera que viajar por trabajo estaría impedido de hacerlo, tampoco podría, por ejemplo, ir a su país de origen a visitar familiares o para pasar algún cumpleaños o fiestas como Navidad. Ni ir por turismo a algún país limítrofe, ni siquiera del Mercosur.
La restricción quedó plasmada en el Título III, artículo 2 del DNU 366/2025: “Se entenderá que un extranjero residió continuamente en el país cuando hubiere permanecido en el territorio durante todo el plazo al que hace referencia el párrafo anterior, sin haber realizado ninguna salida al exterior”.
Esa normativa parece ir a contramano de los artículos 14 y 20 de la Constitución, los cuales establecen que “todos los habitantes” gozan, entre otros, de los derechos de “entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino” y que “los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano”.
Antes de la reforma, el solicitante debía manifestar su voluntad de hacerse ciudadano argentino ante tribunales federales de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, por lo que un juez y un juzgado tomaban cada caso. Y entre la información que recababan solicitaban a Migraciones un informe con todos sus movimientos migratorios, por lo que revisaban sus ingresos y egresos de la Argentina, y siempre y cuando no se estuviera por más de tres meses ininterrumpidos fuera, se entendía que esa persona mantenía su arraigo. Dicho de otro modo, derechos y normas no chocaban entre sí.
Cambio de mando ¿y de paradigma?
El otorgamiento de las Cartas de Ciudadanía, que antes estaban a cargo de tribunales federales —que se asignaban según el domicilio del solicitante— ahora pasó a manos de la Dirección Nacional de Migraciones.
No se trata de un detalle menor. Es cuando menos llamativo que esta competencia pasó de depender del Poder Judicial a un organismo que depende de la Jefatura de Gabinete y la Vicejefatura del ministerio de Interior, es decir, el Poder Ejecutivo.
Migraciones, por otra parte, tendría menos oficinas y personas a disposición para atender estas solicitudes si se compara con los tribunales. En caso de ser así se producirían demoras que pudieran tener a un extranjero sin poder salir del país por tres o cuatro años, en caso tal de que su solicitud tarde entre uno o dos años en ser resuelta.
Al momento de la edición de esta nota se desconoce cuál será el procedimiento para que un extranjero residente pueda comenzar su camino a ser declarado ciudadano argentino ni cuándo estará disponible. Es de esperarse que se agreguen más requisitos y que además queden a discreción del funcionario de turno.
Desde que se anunció la reforma pusieron la mira en los estudiantes universitarios, en quienes asisten a un hospital público o quienes, luego de años en el país, querían cambiar su estatus de residente temporario a permanente. Por cada comentario negativo hacia ellos casi no hay propuestas positivas. La cosmovisión y el discurso de los libertarios, en esta materia, no parecen apuntar hacia una desregulación ni mayores libertades para los inmigrantes, con un camino más empantanado para quienes tengan la voluntad de convertirse en ciudadanos argentinos.
Con estos cambios alguien no hubiera podido naturalizarse argentino sin haber residido en la Argentina, ni siquiera porque tuviera un abuelo argentino. Un abuelo cuya familia hoy la tendría más complicada para radicarse aquí. Y también sería difícil pensar que un presidente de la Nación le hubiera concedido la ciudadanía al mandatario de otro país, por ejemplo, a Meloni. Más aún cuando está en funciones.
Así, las medidas de Milei denotan una profunda hipocresía y toman sentido contrario a leyes y tradiciones que están fuertemente arraigadas en una sociedad forjada por inmigrantes que hicieron de esta su casa, su segunda patria.