jueves 19 de junio de 2025
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Con el poder delegado, ¿en qué lugar estamos?

La declaración de emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética, establecida por la ley de Bases vence el próximo 9 de julio. Desde el presidente Menem en adelante, todos los gobiernos extendieron la emergencia a través de proyectos ley o con los decretos de necesidad y urgencia.

Javier Milei prorrogó hasta el 9 de julio de 2026 la emergencia energética por el decreto 370/25, incluida en la ley de Bases. Es un momento, por cierto, de lo más oportuno para una nueva visita a las facultades delegadas que ya cumplen 36 años de existencia desde la instauración democrática en 1983.

La noción de poder delegado (inspirada en Guillermo O’Donnell) se nutre de una doble fuente. El principio de representación, la delegación del poder electoral de la ciudadanía a sus gobernantes, y la división de poderes, que es el reconocimiento de poderes diferenciados e igualmente independientes, que se distribuyen de manera equilibrada.

Maurice Joly convoca en un dialogo ficticio en el infierno a dos genios de la política, en 1864. A propósito de la división de poderes, Maquiavelo cuestiona a Montesquieu su fórmula de “tres poderes en equilibrio, cada uno en su compartimento”. ¿Cree por ventura que los poderes se mantendrán por largo tiempo dentro de los límites constitucionales que le ha asignado, que no lo traspasaran?”

Es muy válida, la respuesta de Montesquieu, “no podemos condenar a las instituciones por los abusos cometidos” por los gobernantes. La práctica del decisionismo democrático muestra lo que preveía Maquiavelo. Se afecta la división de poderes y se atenúa el estado de derecho.

Sabemos que la distancia representativa, entre gobernantes y gobernados, es el punto débil de la democracia moderna. También sabemos que el principio de separación de poderes no puede evitar que uno invada las prerrogativas de otro; o bien que un poder delegue a otro sus atribuciones específicas. Entre nosotros, el Congreso delega al ejecutivo facultades propias, mediante las cuales se han realizado profundas transformaciones.

Cuando pronunciamos los vocablos poder y democracia se hace referencia a la responsabilidad política, a la rendición de cuentas, al control legislativo y jurisdiccional. Control licuado por la ley 26.122 de 2006. Pero no es solo una cuestión de estructura institucional. Cuando la ciudadanía con sus votos cede poder transfiere igualmente responsabilidades. Esto no quiere decir que la ciudadanía deba desligarse de la responsabilidad del control del poder que delegó. Sin control el gobierno deja de responder, y sin la rendición de cuentas desaparece el componente democrático de la representación. Si la ciudadanía se desresponsabiliza de la tarea de control, lo que se acentúa, entonces, es la relación de poder delegado.

¿Esta es una concepción ideal de ciudanía? o, por el contrario, ¿hay que recurrir al modelo realista de Schumpeter de mediados del siglo XX? o acaso, ¿el modelo de autorrepresentación ciudadana a través de las redes, es superior? Sin olvidar que las emociones son un buen alimento, en cualquier esquema estamos delante de una paradoja, la soberanía delegada.

La mayoría de la ciudadanía no parece guardar una distancia crítica y de control activo con el gobierno de Milei, que le ha permitido jactarse de un “ajuste histórico” con cierto consenso social. No es el primero. Carlos Menem anunció en su primer mensaje a la Asamblea Legislativa un “ajuste duro”, en una “economía de emergencia”, que no le impidió lograr un consenso privatizador.

Esa relación de poder delegado existe igualmente en la división de poderes. En 1989, un diseño de desregulación y privatización se puso en marcha mediante la Ley de Emergencia Económica y la ley de Reforma del Estado, merced a los poderes delegados por el Congreso al ejecutivo, y los DNU emitidos por el Presidente.

El camino de la excepción siguió su rumbo a través de todos los presidentes que le sucedieron. En tan solo cinco días de gobierno, Milei se convirtió en un líder decisionista mediante la tramitación de un incomprensible mega DNU. Con la ley de Bases y los DNU que la acompañan, lleva adelante una profunda reforma estructural, que ha forjado un consenso social apreciable.

La responsabilidad política es constitutiva del poder, su obligación es la rendición de cuentas, obligación que recae también sobre toda la dirigencia política, por su vínculo de representación con la ciudadanía.

La erosión de la política en la Argentina ha alcanzado tal dimensión que ha provocado una severa dislocación del campo político. La arbitrariedad del poder, el rechazo gubernamental por los bienes públicos, los personalismos, la oposición descalabrada, la apatía ciudadana, son factores de incertidumbre por los que se desatiende las necesidades reales de la sociedad.

Esta arquitectura de poder es anterior a esa reforma. Pero no le echemos toda la culpa al ejecutivo y al legislativo, el judicial es el órgano de control más importante del Estado de derecho. El decisionismo democrático no se explica sin la implicación mutua de los tres poderes.

En un juego político en el que tratamos de comprender cómo llegamos hasta aquí y en qué lugar estamos, no cabe duda que asistimos a la era de los ejecutivos y a la época de desilusiones. La autocracia se adelanta cuando la democracia ha dejado de ser un concepto de esperanza.

Publicado en Clarín el 17 de junio de 2025.

Link https://www.clarin.com/opinion/poder-delegado-lugar_0_rnd4iX9Fhy.html

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