sábado 7 de septiembre de 2024
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Batallas por la memoria

Como en un drama de Shakespeare interpretado por un único actor, este libro es a la vez coral y unipersonal. Federico Morgenstern reconstruye un problema intrincado, haciendo oír las diversas voces, pero poniéndoles un  sello personal que, sin pretensión de neutralidad ni moderación, articula las diversas partes de un libro complejo. 

Su tema principal es la biografía intelectual del jurista Jaime Malamud Goti (“Jaime”), muy ligado al presidente Alfonsín; como contracanto aparece la voz de otro jurista destacado, Marcelo Sancinetti, quién sostuvo una postura categóricamente antagónica. Sobre esta conversación ideal, el autor discute las teorías filosóficas del derecho penal, los juicios a los militares, aún en curso, y el comportamiento de Alfonsín. 

Jaime integró, junto con Carlos Nino, Martín Farrell, Genaro Carrió y otros, el grupo  de “filósofos” que hacia 1982 reflexionaron sobre la posibilidad de someter a los militares a una suerte de “juicio del Nüremberg“. Se acercaron a Alfonsín y juntos fueron desarrollando una propuesta que incluía el juicio a los máximos responsables -militares y guerrilleros– , el establecimiento de niveles de responsabilidad y, sobre todo, la definición del propósito político que, más allá del castigo, consistía en fundamentar el gobierno de la ley, piedra basal de la democracia republicana en construcción. 

Morgenstern sintetiza con apasionada claridad las líneas principales de la larga discusión filosófica que separa a quienes ponen el acento en la punición, la “retribución”, y quienes se preocupan también por sus consecuencias. La primera corriente remite a Kant y a su “imperativo moral categórico”. La segunda, asociada con Bentham, señala las consecuencias negativas del absolutismo moral y propone que la sanción procure el mayor bien para el mayor número de personas. Farrell recuerda haberle recomendado a Alfonsín que siguiera a Bentham y no a Kant. Esa era, en general, la opinión de los “filósofos”, y ese fue el camino seguido por el presidente. 

Una segunda cuestión se refiere a la aplicación de las leyes por los jueces. Una corriente recomienda seguir lo que está escrito en la ley, que debe ser la misma para todos. Otra recomienda que el juez interprete la ley, para infundirle a la letra un  sentido moral adecuado al caso. Morgenstern señala que esto habilita tanto el sectarismo como el oportunismo y la caracteriza como “justicia según la cara del cliente”. 

Sobre esta base filosófica, el autor discute la saga de los juicios de lesa humanidad. Durante un tiempo se discutieron las decisiones iniciales de Alfonsín sobre el enjuiciamiento de los responsables -militares y guerrilleros- de los hechos de violencia iniciados en 1976. Esto incluyó las leyes de Punto final y Obediencia debida, así como la ley de Amnistía del presidente Menem. En 2005 comienza la discusión de la segunda tanda de juicios de lesa humanidad, cuyo último episodio, en 2018, fue decisión de la Corte Suprema sobre el 2×1, su revisión legislativa y anulación.   

En la primera etapa, y sobre todo luego de Semana Santa de 1987, Alfonsín fue acusado de traicionar su promesa de campaña -y peor aún, la ilusión ciudadana que había generado- al facilitar la impunidad de buena parte de los responsables. Desde el ámbito de las organizaciones de derechos humanos se cuestionó además que equiparara  a los guerrilleros con los militares, iniciando un camino que culminaría, a fines de los años noventa, con la reivindicación de la “juventud maravillosa”.   

En 2005, solo algunos juristas  –a contracorriente- objetaron la anulación de las “leyes de la impunidad”. Más eco en la opinión tuvieron quienes, con el correr del tiempo, cuestionaron el desarrollo de los juicios; comenzó a hablarse entonces de “la justicia del vencedor”. Muchos juristas que habían sido actores de los primeros juicios revisaron sus opiniones, y en 2018 alguno escribió la ley que anulaba aquel fallo de la Corte que, siguiendo la letra de la ley, había aplicado en un caso el criterio del 2×1.   

Aquí Morgenstern ingresa vigorosamente en una polémica que es a la vez jurídica y política. Encuentra que esta segunda tanda de juicios se ajustó a lo que llamó la “la cara del cliente”: personas tan despreciables no merecían beneficiarse de las garantías aseguradas en el derecho penal regular. En su opinión, con esto quedaba afectado todo el edificio jurídico del “gobierno de la ley”.   

Respecto de “la traición” de Alfonsín -idea que rebate con razón y pasión-, sus argumentos exceden largamente lo jurídico y abrevan en campos muy diversos: la filosofía, el psicoanálisis, la ciencia política, el judaísmo, la literatura, el cine; y sobre todo en Borges, cuyos textos parecen encerrar, para una amplia cofradía intelectual, la clave de todos los problemas humanos.   

Morgenstern no duda de la coherencia entre los dichos del Alfonsín candidato, que debía encender la ilusión, y el Alfonsín presidente, mas consciente de las resistencias de la realidad: siempre sostuvo la  distinción entre quienes dieron las órdenes y quienes las obedecieron. Malamud Goti, Nino y otros “filósofos” habían encontrado allí el argumento jurídico que combinaba la dimensión ética con la  responsabilidad política, basada en una evaluación realista de la situación. Finalmente, subraya la poderosa voluntad política de Alfonsín, que le permitió primero instalar un tema en el debate, cuando eran pocos quiénes querían hacerse cargo de la cuestión, y defender luego su posición, contra viento y marea.  Alfonsín “quiso” y “supo”. En cuanto al “pudo” -agrego-, el balance debe incluir lo que, al decir del escocés Adam Ferguson, es la suma de consecuencias no queridas de las acciones de los hombres.   

Finalmente, el autor reflexiona sobre los dilemas del estadista que, día a día, debe elegir, no ya entre dos doctrinas puras sino entre cursos de acción concretos, en los que lo bueno y  lo malo vienen mezclados. Sabemos que vivió intensamente ese trágico conflicto; a la luz de las consecuencias, no dudó en reconocer dónde erró, pero a la vez, no renegó nunca  de los principios que guiaron su acción. 

Como señala Morgenstern, estos conflictos son dignos de una tragedia griega. Pero en su reconstrucción faltaría un elemento: el coro; un coro rebelde que no se limita a comentar sino que se introduce en la escena y juega un rol principal. Se trata de la civilidad, convocada por Alfonsín y cuya opinión, como en el caso del aprendiz de hechicero, siguió su propio camino. Los “derechos humanos” que instalaron en el debate público, y constituyeron el marco de las discusiones jurídicas, no fueron exactamente los previstos. Establecieron verdades míticas, incuestionables; no admitieron los límites de la punición, previstos por Alfonsín, pidieron el castigo pleno de los militares, y de paso, que se dejara de lado a los guerrilleros. De ahí en más siguieron un derrotero que llevó, por pasos sucesivos, al masivo repudio del 2×1 en 2018. 

Se trata de la larga y compleja batalla por la memoria, en la que hay actores, tradiciones, emergencias y recomposiciones. Hay en suma una historia,  a la espera de los historiadores capaces de reconstruirla, tomando distancia de los combates y de los mitos que hoy enturbian el análisis y preocupados, como quería Marc Bloch, por comprender, antes que por juzgar. A ellos convoca la lectura de este libro.

Publicado en Clarín el 19 de junio de 2024.

 

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