viernes 27 de diciembre de 2024
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Constitucionalizar la democracia

El presidente Alberto Fernández ha forjado la obra prometida. Edificar un recinto de impunidad para sortear favorablemente los procesos penales que aquejan a Cristina Kirchner. Lo primero que emerge es la impotencia moral de la razón, ante la escandalosa reacción del pragmatismo político, de escasa transparencia que busca anular las posibles conductas irregulares. El escándalo pone en cuestión la confianza social y la legitimidad de opinión en la que hoy que descansa la autoridad presidencial.

El proyecto de ley de Organización de la Justicia Federal, y la creación del Consejo Consultivo para el Fortalecimiento del Poder Judicial, implican un giro decisivo en la desvinculación entre la Constitución y la democracia, que favorecería a los implicados en las causas de corrupción. El consejo de asesores, conformado sin el acuerdo con la oposición, que tiene como función principal revisar la integración numérica de la Corte Suprema y modificar el Consejo de la Magistratura, queda desde el inicio deslegitimado por la sola presencia de Carlos Beraldi, abogado defensor de la Vicepresidenta de la Nación.

La Argentina necesita de un modelo judicial democrático, que deje actuar libremente a los jueces, sin intervención de los órganos ejecutivos y poderes económicos que pretenden torcer o influenciar sus resoluciones. Razones no faltan para reformar el poder judicial, por su escasa credibilidad y por deficiencia en la administración de justicia. Hoy, no parece el momento más oportuno en este contexto de pandemia, sin discusión pública, y con el apuro de la Vicepresidenta. Más allá de algunas cuestiones razonables, el diseño central del presidente Fernández no va precisamente en esa dirección.

Su objetivo es otro. La Constitución democrática implica, de manera decisiva, la separación de poderes, sin que altere su innegable cooperación. El debate sobre la independencia del poder judicial es una cuestión presente en toda la historia argentina.

La politización de la Justicia ha sido la tendencia imperante, en el sentido de que cada gobierno, civil o militar, moldeaba (o pretendía hacerlo) la Corte Suprema a su imagen y semejanza. Una Justicia politizada, al servicio del gobierno de turno, no puede ser la garantía de legalidad de los poderes públicos. El juez del caso Vicentín es un ejemplo aleccionador. Recordemos además que la Corte Suprema ejerce el control de constitucionalidad, rehace el derecho, y es la voz última y decisiva en la interpretación de la Constitución, y en ese sentido, su función jurisdiccional tiene efectos políticos.

Una democracia desestructurada es un orden político sin raíces institucionales sólidas y duraderas, con una ciudadanía que desconfía de la dirigencia política y de las promesas de campañas. Sin caer en una atmósfera apocalíptica, la Argentina se está hundiendo lentamente. Nos acercamos al 50% de pobreza.

La inseguridad alcanza niveles alarmantes. La alta inflación es persistente. Soportamos una crisis económica prolongada. Según los indicadores de Jorge Moore, ex director del IPEC de Santa Fe, para alcanzar a compensar las pérdidas entre los años 2019 y 2020 se requeriría de una tasa de crecimiento constante del PBI del 2.6 % hasta el año 2031.

En el proyecto de reforma del gobierno nacional hay un ensamble de doble lenguaje, el jurídico y el político. En el jurídico, el Presidente se arroga funciones judiciales que están expresamente prohibidas en la Constitución Nacional (artículo 109), como el irrespeto a la división de poderes, opinión sostenida por diversos constitucionalistas. La división de la Corte en Salas, impediría que sus sentencias fueran dictadas por el Tribunal en pleno.

En lo político, se proclama una concepción mayoritaria de democracia, basada en la soberanía popular, que reniega de los límites constitucionales de la división de poderes, específicamente del poder judicial. Así, la legitimidad popular es superior o ignora a la legitimidad constitucional. El bloque oficialista del Senado desoyó la medida de la jueza Biotti de abstenerse de revisar el traslado de dos jueces que tienen a cargo causas por corrupción de la Vicepresidenta, hasta que estuviera en condiciones de resolver una medida cautelar presentadas previamente por camaristas.

Quizá, el hecho político-constitucional más grave para la democracia sería la aprobación de la llamada reforma oficial en todos sus términos con la ampliación de la Corte y su división en Salas, lo que modificaría el funcionamiento del régimen político con respecto a la deliberación pública y a la relación entre los poderes del Estado. Natalio Botana nos ha hablado

del riesgo del “decisionismo autocrático”, en el cual la voluntad hegemónica del Poder Ejecutivo doblegaría al Parlamento y a la Justicia.

Desde 1989 se ha instalado una matriz democrática decisionista con modalidades diferentes. Después de tres décadas, los poderes ejecutivos han producido una mutación en el orden constitucional, tanto en la esfera legislativa como en la judicial. Las acciones contra la Corte Suprema y el Consejo de la Magistratura nos acercan a la idea de

una democracia des constitucional izada, que ha perdido espesor republicano y ha incrementado la concentración del poder. Constitucional izarla democracia significa

de si ns ti tuc ion alizar el decisionismo democrático para habilitarla república. Los peligros del estado de emergencia permanente están sobre la mesa, y resulta imperioso que nuestra sociedad aprenda a sobrevivir sin poderes excepcionales y que los gobernantes no apelen a ellos.

La cuestión clave es saber si no se ha constituido ya en de tres décadas una cultura política decisionista -como en su momento existió una cultura política pretoriana-, en función de la cual se naturalizan las medidas de emergencia como solución institucional de los problemas colectivos.

Publicado en Clarín el 28 de agosto de 2020.

Link https://www.clarin.com/opinion/constitucionalizar-democracia_0_iDtqX7krf.html

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