martes 16 de abril de 2024
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María Inés Tula: “Un rechazo a la paridad ubica a los partidos como instituciones con olor a naftalina”

María Inés Tula es politóloga de la UBA, Magister en Ciencia Política de la UNSAM y Doctora en Derecho. Investigadora del CONICET, tiene numerosas publicaciones sobre los temas de su especialidad: reforma política y sistemas electorales vinculados al género desde 1999 y es una de las principales impulsoras de la paridad en todos los niveles de gobierno, se especializa también en nuevas tecnologías en los procesos electorales. Ha trabajado como asesora legislativa y fue consultora en organismo nacionales e internacionales, como la Comisión Interamericana de la Organización de los Estados Americanos, la Organización de Naciones Unidas Mujer y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y el Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la OEA.
 

Finalmente en noviembre de 2017 el Congreso Nacional sancionó la ley de paridad de género para cargos partidarios y electivos ¿Cuál será su impacto en el armado de listas y en el acceso a la representación de los cargos legislativos? ¿Cómo funcionaría en la presentación de fórmulas ejecutivas?

Efectivamente, el 23 de noviembre de 2017 y con una votación ampliamente favorable en la Cámara de Diputados (en Senado había sido votada el 19 de octubre de 2016), el Congreso Nacional aprobó la ley 27.412 denominada “Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política”. Esta norma establece que las listas de postulantes a cargos de diputados, senadores, parlamentarios del Mercosur y autoridades partidarias deben presentarse en los comicios de 2019 “ubicando de manera intercalada a mujeres y varones desde el/la primer/a candidato/a titular hasta el/la último/a candidato/a suplente”. Con la sanción de esta regla, Argentina fue el sexto país de América Latina en sumarse a la aplicación del principio de paridad en elecciones generales luego de que lo hicieran Ecuador (2008) Bolivia (2009/2010), Costa Rica (2009), Nicaragua (2012) y México (2014).

En cuanto a cómo será su impacto en el acceso a la representación de las mujeres en la Cámara de Diputados conviene ser muy prudente. Es importante señalar que éste dependerá, en gran medida, de quienes encabecen las listas. En otras palabras, habrá un resultado favorable si más mujeres ocupan el primer lugar en las boletas. Y esto no debe interpretarse como un capricho sino a los incentivos y obstáculos que genera nuestro sistema electoral combinado con una cultura patriarcal reacia a la promoción de las carreras políticas de las mujeres.

Nuestro país se divide en 24 distritos electorales que son variables en cuanto a la cantidad de legisladores/as que se renuevan cada dos años. De ellos, 20 eligen 5, 4, 3 y 2 diputados/as, o sea, el 83% de los distritos poseen una magnitud baja. Por otra parte, tanto el sistema de partidos (concentrado o fragmentado) como el comportamiento electoral (concentrado o disperso) operan en la competencia y en las probabilidades de que cada partido y/o alianza obtenga más votos y ganen más bancas. Así, en escenarios de alta competitividad electoral entre dos-tres fuerzas políticas quienes tienen las mayores chances de alzarse con la victoria son quienes ocupan el primer y segundo puesto. Hace dos años, en los comicios de 2017, sólo un 28% de las listas a diputados/as nacionales fueron encabezadas por mujeres. De continuar con estos magros números, la efectividad de la paridad tendrá entonces un techo.

Pero, más allá de estas barreras, las expectativas se depositan en los otros 4 distritos donde se eligen más candidatos/as: Provincia de Buenos Aires (35), Ciudad de Buenos Aires (12), Santa Fe (10) y Córdoba (9). Aquí el armado de las listas será más auspicioso al evitarse la interpretación minimalista y burocrática que las organizaciones políticas habían hecho con la ley de cuotas: “una mujer cada dos varones y ocupando el tercer lugar”. 

En Senado no se esperan grandes cambios porque desde 2001 las listas están obligadas a presentarse con paridad al interpretarse que no había otro modo de aplicar el mínimo del 30% que exigía la cuota de género. Al elegirse tres representantes por distrito con un sistema de reparto que otorga dos bancas a la mayoría y una al partido político que sale en segundo lugar, las listas debieron –desde entonces– incluir a una mujer. Por ello se pasó de un 4% de senadoras en 1999 a 36% en 2001 y al 41% en 2017 (el número más alto logrado hasta el momento).

Por último, la ley de paridad no incluye a las fórmulas ejecutivas por lo que la posibilidad de que haya más candidatas a la gobernación y en las intendencias dependerá de cómo las organizaciones políticas se adaptan a las demandas actuales de mayor participación.  

¿Todas las provincias han dictado normas similares? ¿O aun es una tarea pendiente?

A nivel provincial, los veinticuatro distritos electorales adoptaron una ley de cuotas de género entre 1993 y 2011. La mayoría de estas leyes subnacionales reprodujeron la ley nacional o superaron el porcentaje mínimo de mujeres a ser incorporado en las listas. Si bien obligatorias, no todas presentaron un mandato de posición (es decir, la indicación de incorporar mujeres en lugares con reales posibilidades de obtener una banca).

Hacia 2000, las provincias de Santiago del Estero y Córdoba aprobaron la paridad al calor del debate que se venía sosteniendo en Europa con la reforma constitucional francesa. Dos años más tarde lo hizo Río Negro.

Por lo tanto, Argentina fue pionera en incorporar la paridad a nivel subnacional, mucho tiempo antes que lo hicieran en América Latina. La cuarta provincia fue Buenos Aires en octubre de 2016 y este gigante despertó una segunda oleada paritaria con Salta (2016), Neuquén (2016), Chubut (2016), Catamarca (2018), Mendoza (2018), Santa Cruz (2018), Chaco (2018), Ciudad de Buenos Aires (2018) y Misiones (2018).

México acaba de aprobar la paridad para todos los cargos, entiendo que no solo para cargos colegiados sino también en la composición de los gabinetes. ¿Hay posibilidades de que en nuestro país se legisle una norma similar?

México aprobó la paridad en 2014 otorgándole estatus constitucional y para las candidaturas a la Cámara de Diputados, Senado y Congresos Estatales. El pasado 23 de mayo, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen para modificar nueve artículos de la Constitución y garantizar así la paridad de género en los tres poderes, órganos autónomos, gobiernos de los estados y municipales. La paridad persigue un aumento cuantitativo de mujeres en todos los espacios de toma de decisiones pero también pretende un impulso cualitativo tendiente a profundizar procesos más inclusivos. Sin lugar a dudas se trató de un hecho muy importante que nos invita a pensar cómo se construye una democracia paritaria.

En Argentina, una mirada a los tres poderes muestra que sólo existe una mayor presencia de mujeres allí donde se aplicaron acciones afirmativas para fomentar su participación y acceso a la representación. El Poder Legislativo es el que más avanzado está como resultado de la aplicación de las cuotas de género. Muy atrás quedaron los otros dos.

Si bien no hay indicios de sancionar una normativa similar a la de México, algunas señales alentadoras se están dando más en el Poder Judicial que en el Poder Ejecutivo. En efecto, tanto en el Congreso Nacional como en el Consejo de la Magistratura se han presentado proyectos con el objetivo de avanzar hacia una justicia más equitativa entendiendo que la igualdad sustantiva solo se alcanza con políticas públicas pro-activas que tiendan a disminuir la brecha hoy existente. A propósito de este fuero, en materia electoral, la Cámara Nacional Electoral debe todavía cubrir una vacante en su tribunal. Se trata del órgano más importante en materia electoral porque se constituye como tribunal único de apelaciones para todo el país. El concurso se llevó adelante y, por primera vez en la historia de este organismo quien lidera la terna es una mujer, Alejandra Lázzaro. Su designación sería un acto de justicia y la demostración más cabal que para lograr la igualdad se requiere de voluntad política… porque no basta con ser la mejor… Una campaña llevada adelante ante change.org muestra el apoyo de la sociedad con más de 20.000 firmas (N.del E.: La entrevistada fue peticionista ante change.org).

En otros ámbitos, hace muy poco fue noticia en los medios de comunicación la sanción en el Senado de un proyecto de ley para garantizar un tercio de mujeres en los festivales musicales. De aprobarse esta iniciativa en la Cámara de Diputados, el ambiente artístico habrá dado un paso muy importante como promotor de una cultura sin prejuicios ni discriminaciones.  

Pero el desafío más importante que plantea la paridad es el de consolidar consensos y acuerdos nacionales y provinciales para garantizar su plena vigencia. El atento monitoreo de las asociaciones y redes de mujeres resulta clave para: 1) difundir acciones y estrategias que dan mayor visibilidad, 2) capacitar para comprender que sin autonomía no puede haber empoderamiento, y 3) litigar en la defensa de los derechos ganados que pretendan violentarse.

Esta semana se desarrolló la Convención de la UCR que, por unanimidad, adopto la paridad no solo para cargos electivos, sino también para los cargos de conducción del partido. ¿Cuál es la relevancia de este hecho?

En general, y con algunas excepciones históricas, los partidos políticos no han sido grandes aliados a la hora de promover más mujeres en los cargos electivos y partidarios. No hubiera hecho falta una ley de cuotas de género si los partidos políticos hubieran tomado la iniciativa de incorporar a mujeres en sus estructuras. Nada lo impedía. No lo hicieron porque no quisieron. Tampoco hubiera sido necesaria una ley de paridad si no fuera porque interpretaron el piso mínimo porcentual obligatorio que exigía la ley 24012 como un techo.

Con ciertos matices, según su inclinación ideológica, la mayoría de las fuerzas políticas no demostraron vocación por compartir el poder. Mas bien diría que han hecho todo lo contrario: o se han resistido a su aplicación o han intentado eludirla a través de prácticas poco o nada democráticas (como la de presionar para que renuncien y no ocupen el cargo).

Por lo tanto, la decisión de la UCR debe destacarse. Dos lecturas a esta acción. La primera (y deseable), es que han dejado de lado ciertos prejuicios como la de considerar a las cuotas de género y a la paridad como una amenaza y se proponen alcanzar la equidad sin el peso de una ley que los obligue a hacerlo. La segunda (más realista) es que la presión social es cada vez más fuerte y un rechazo ubica hoy a los partidos políticos en instituciones arcaicas y con olor a naftalina…

 

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